Decreto número 1181 de 2018, por medio del cual se modifican parcialmente las disposiciones de que tratan los artículos 2.2.1.1.1., 2.2.1.2.1.17, 2.2.1.2.4.6, 2.2.1.2.4.9., 2.2.1.2.4.12. y se adicionan los artículos 2.2.1.2.4.18 y 2.2.1.2.4.19 al Decreto 1067 de 2015, 'por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores' - 11 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 731619773

Decreto número 1181 de 2018, por medio del cual se modifican parcialmente las disposiciones de que tratan los artículos 2.2.1.1.1., 2.2.1.2.1.17, 2.2.1.2.4.6, 2.2.1.2.4.9., 2.2.1.2.4.12. y se adicionan los artículos 2.2.1.2.4.18 y 2.2.1.2.4.19 al Decreto 1067 de 2015, 'por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores'

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín50651

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y las Leyes 17 de 1971 y 6 de 1972, y

CONSIDERANDO:

Que según el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, le corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.

Que el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política faculta al Presidente de la República para ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes.

Que con la Ley 17 de 1971 se aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, suscrita el 24 de abril de 1963 y con la Ley 6a de 1972 se aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, suscrita el 18 de abril de 1961.

Que de conformidad con el artículo 2º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y el artículo 2º de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, el establecimiento de relaciones consulares y diplomáticas entre Estados se efectuará por consentimiento mutuo.

Que dada su naturaleza compilatoria, los Decretos Únicos Reglamentarios deben ser actualizados continuamente, por lo que la metodología para la estructuración de las normas que lo adicionen, modifiquen o deroguen debe responder a un sistema que permita insertarlas dentro del esquema propio de...

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