Decreto número 1233 de 2023, por el cual se modifica la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) - 25 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 940455635

Decreto número 1233 de 2023, por el cual se modifica la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín52467

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en particular las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 250 de 2004, modificado por los Decretos números 2989 de 2008, 4591 de 2011, 595 de 2016 y 552 de 2017, el Gobierno nacional adoptó la planta permanente de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

Que el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) realizó los análisis, evaluaciones y revisiones de la actual planta de personal que atiende los programas de Agrosena, Sennova y Bilingüismo, y los procesos de apoyo administrativo misional que realizan las Regionales y Centros de Formación en sus grupos mixtos y de talento humano, junto con el estudio de cargas de trabajo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 2.2.1.4.1 del Decreto número 1083 de 2015. Con base en lo anterior, se identificó la necesidad de ampliar los empleos permanentes que asumen esos programas y procesos para su adecuada atención, de acuerdo con la oferta institucional de servicios y su cobertura nacional.

Que la presente modificación de planta cumple con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019, reglamentado por el Decreto número 1083 de 2015 "Único Reglamentario del Sector de la Función Pública", en cuanto señala que el diez (10%) de los nuevos empleos derivados de modificaciones de las plantas de personal no se deberá exigir experiencia profesional para el nivel profesional, con el fin de viabilizar la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años.

Que de acuerdo con lo establecido por el parágrafo 2º del artículo 2.2.1.4.1 del Decreto número 1083 de 2015, y el artículo 2º del Decreto número 444 del 29 de marzo de 2023, la modificación de la planta de personal del Sena no genera costos adicionales en el presupuesto de la entidad.

Que con base en las facultades otorgadas por el artículo 10 - numeral 8 de la Ley 119 de 1994, el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) autorizó tramitar ante el Gobierno nacional la ampliación de la planta de personal, según consta en la Acta número 1588 del 20 de septiembre de 2021 y 1599 del 13 de diciembre de 2022.

Que el Departamento...

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