Decreto número 1300 de 2016, por el cual se designa Alcaldesa ad hoc para el municipio de La Cumbre, Valle del Cauca - 10 de Agosto de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 647094453

Decreto número 1300 de 2016, por el cual se designa Alcaldesa ad hoc para el municipio de La Cumbre, Valle del Cauca

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín49961

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante solicitud presentada ante la Procuraduría Regional del Valle del Cauca, la doctora Blanca Liliana Montoya Hernández, Alcaldesa del municipio de La Cumbre, se declaró impedida para dar cumplimiento a una decisión judicial respecto de un proceso de transacción y del Proceso Ejecutivo número 2015-0062, adelantado en el Juzgado 16 Administrativo de Cali, despacho que, mediante Auto número 206 del 18 de marzo de 2015, libró mandamiento de pago a su favor. Lo anterior, teniendo en cuenta su condición de ordenadora del gasto de ese municipio y el interés directo que le asiste en el asunto mencionado, razones por las cuales manifestó encontrarse inmersa en la causal primera de la que trata el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.

Que mediante auto número 745 de fecha 7 de junio de 2016, con número de radicación IUS-2016-194489, revocado parcialmente por auto número 892 del 30 de junio de 2016, la doctora Adriana Patricia Barco Ortiz, Procuradora Regional del Valle del Cauca, aceptó el impedimento manifestado por la doctora Blanca Liliana Montoya Hernández, en su calidad de Alcaldesa municipal de La Cumbre, departamento del Valle del Cauca, al encontrar configurada la causal invocada.

Que la Secretaria Ejecutiva de la Procuraduría Regional del Valle del Cauca, a través de Oficio número MCBQ-2016-6050 del 30 de junio de 2016, solicitó que, por conducto del Ministerio del Interior, el Presidente de la República designara a un funcionario ad hoc con ocasión de la orden impartida por esa Procuraduría, a través de los autos del 7 y 30 de junio de 2016, con radicación IUS-2016-194489.

Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3º.

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y...

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