Decreto número 1306 de 2015, por el cual se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto Ley 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Bello, Antioquia en cumplimiento de un fallo de tutela - 18 de Junio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 575464190

Decreto número 1306 de 2015, por el cual se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto Ley 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Bello, Antioquia en cumplimiento de un fallo de tutela

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49547

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 145,148 y 178 numeral 3 del Decreto-ley 960 de 1970, de la Ley 588 de 2000, 5º del Decreto 2163 de 1970, y

CONSIDERANDO:

Que con el Decreto 0466 del 17 de marzo de 2015, el doctor Julio César Echeverry Ceballos, fue retirado del servicio notarial en cumplimiento del Decreto 3047 de 1989 que establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.

Que mediante el Decreto 2054 de 16 de octubre de 2014, se reglamentó el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970 y en su artículo 4º se establecieron como causales de vacancia, las siguientes "1. Muerte, 2. Renuncia aceptada, 3. Destitución del cargo, 4. Retiro forzoso por cumplir la edad de 65 años, 5. Declaratoria de abandono del cargo. 6. Ejercicio de cargo público no autorizado por la ley".

Que mediante el Decreto 0225 del 20 de febrero de 2013, se nombró en propiedad al doctor Francisco Julián Giraldo Posada, identificado con la cédula de ciudadanía número 70042414, como Notario Segundo (2) del Círculo de Bello - Antioquia.

Que el doctor Francisco Julián Giraldo Posada, Notario Segundo (2) del Círculo de Bello, Antioquia, solicitó, con base en el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970, mediante escrito del 18 de marzo de 2015, su designación en la Notaría Doce (12) del Círculo de Medellín -Antioquia.

Que mediante certificación del 4 de junio de 2015, el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial informó "Que adelantado el trámite contenido en el Acuerdo 003 de 2014, para proveer la vacante de la Notaría Doce (12) del Círculo de Medellín, se debe nombrar al doctor Francisco Julián Giraldo Posada, Notario Segundo (2) del Círculo de Bello - Antioquia".

Que mediante fallo del 8 de octubre de 2014 proferido dentro de la demanda de nulidad electoral con radicado 25000-23-41-000-2014-00005-01, la Sección Quinta del Consejo de Estado, declaró "la nulidad del Decreto No. 1859 de 29 de agosto de 2013, proferido por el Gobierno Nacional en cabeza del señor Presidente...

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