Decreto número 1329 de 2021, por el cual se modifica la planta de personal de la unidad administrativa especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) - 20 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877558959

Decreto número 1329 de 2021, por el cual se modifica la planta de personal de la unidad administrativa especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín51833

1 c) Dos (2) representantes de las Facultades o Escuelas Universitarias, oficialmente aprobadas que otorguen el título profesional de Administración de Empresas, elegidos por los Decanos y Directores respectivos. Por lo menos uno de los representantes deberá pertenecer a una Facultad o Escuela Universitaria que tenga su sede fuera de Bogotá.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que La Aerocivil fijó un Plan Estratégico Aeronáutico denominado "Plan 2030", como instrumento de planificación, que visualiza a ese lapso los lineamientos de política del sector y recoge el sentir y actuar de cada uno de los actores que forman parte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en el que se proyectan dos metas para el crecimiento de la Aeronáutica Civil para el año 2030: i) la movilización de cien (100) millones de pasajeros y ii) el transporte de carga de un punto cinco (1.5) millones de toneladas, de acuerdo con la tendencia histórica y del desempeño del sector.

Que con el fin de alcanzar los objetivos planteados en el Plan Estratégico Aeronáutico 2030 y mantener las condiciones de seguridad operacional y de seguridad a la aviación civil, que conduzcan a mejorar la atención de las necesidades de los usuarios del espacio aéreo colombiano, del sector aeronáutico y de un servicio público eficiente, se modificó la estructura y la nomenclatura de los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).

Que como consecuencia de la modificación de la estructura y de nomenclatura de los empleos de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, se requiere adoptar una nueva planta de personal que responda a estas modificaciones y a las necesidades y exigencias para la prestación del servicio del transporte público aéreo.

Que desde 1947 Colombia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y, actualmente, integra su Consejo como Estado Parte II para el periodo 2019-2022, situación que ha evidenciado la necesidad de crear un empleo de asesor para la...

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