Decreto número 1393 de 2018, por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias
Emisor | Ministerio de Justicia y del Derecho |
Número de Boletín | 50673 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 25 del Decreto-ley 589 de 2017
CONSIDERANDO:
Que el artículo transitorio 3 del Título Transitorio de la Constitución Política, incorporado por el Acto Legislativo 01 de 2017, crea la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), como una entidad del orden nacional con personería jurídica y con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, la cual integra el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición;
Que el citado artículo transitorio señala que la ley reglamentará la naturaleza jurídica, el mandato, funciones, composición, y funcionamiento de la Unidad, incluyendo los mecanismos de rendición de cuentas sobre su gestión, siempre que ellos no menoscaben su autonomía;
Que el artículo 1º del Decreto-ley 589 de 2017 define la naturaleza jurídica de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), como una entidad de naturaleza especial, del orden nacional y del Sector Justicia;
Que la Unidad pertenece al Sector Justicia para efectos de la aplicación de las políticas que formula este Ministerio, pero no hace parte del sector administrativo de Justicia y del Derecho, por no encontrase adscrita ni vinculada al citado Sector administrativo ni a ningún otro Sector de la Rama Ejecutiva, con lo cual se garantiza su naturaleza especial, autonomía e independencia que exige el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) creado en el Acto Legislativo 01 de 2017;
Que el Decreto-ley 589 de 2017, fijó la estructura orgánica de la entidad y en su artículo 25 le otorga al Gobierno nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, adoptar la estructura interna que requiera la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) para el cumplimiento de sus funciones;
Que mediante el Decreto 288 de 2018 se estableció parcialmente la estructura de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD);
Que se requiere adoptar la estructura integral de la Unidad;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Para el desarrollo de las funciones la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) tendrá la siguiente estructura:
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DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1.1. Oficina Asesora Jurídica
1.2. Oficina Asesora de Planeación
1.3. Oficina Asesora de Comunicaciones y Pedagogía
1.4. Oficina de Gestión del Conocimiento
1.5. Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
1.6. Oficina de Control Interno
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SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y TERRITORIAL
2.1. Dirección de Información, Planeación y Localización para la Búsqueda
2.1.1. Subdirección de Gestión de Información para la Búsqueda
2.1.2. Subdirección de Análisis, Planeación y Localización para la Búsqueda
2.2. Dirección de Prospección, Recuperación e Identificación
2.3. Dirección de Participación, Contacto con las Víctimas y Enfoques Diferenciales
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SECRETARÍA GENERAL
3.1. Subdirección de Gestión Humana
3.2. Subdirección Administrativa y Financiera
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Órganos de Asesoría 4.1. Consejo Asesor
Las funciones de la Dirección General de la Unidad Especial serán las establecidas en el artículo 17 del Decreto-ley 589 de 2017.
Las funciones de la Oficina Asesora Jurídica serán las siguientes:
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Asesorar a la Dirección General en la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la gestión jurídica de los procesos misionales de la UBPD.
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Asesorar a la Dirección General y demás dependencias, en el trámite y desarrollo de los asuntos de carácter jurídico de los procesos misionales de la UBPD.
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Proyectar los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones misionales de la Unidad que no estén a cargo de otra dependencia.
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Representar a la UBPD en el procedimiento que adelante la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz de la JEP o quien haga sus veces, relativas a la autorización judicial de acceso y protección de lugares, del que trata la Ley Estatutaria de la JEP, y supervisar el trámite de los mismos; mediante poder o delegación recibidos del Director General.
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Ejercer la representación judicial y extrajudicial de la UBPD en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que ésta deba promover, y supervisar el trámite de los mismos; mediante poder o delegación recibidos del Director General.
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Estudiar los actos administrativos y conceptos que deba firmar el Director General, relacionados con las funciones y competencias misionales de la UBPD.
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Revisar las respuestas a las solicitudes de información y demás requerimientos que deban emitirse a las entidades que ejercen control disciplinario, fiscal y político.
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Orientar la política de prevención del daño antijurídico de la UBPD y ejercer la secretaría técnica del Comité de Conciliación, de conformidad con las normas que regulan la materia.
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Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de competencia de la Unidad y emitir los conceptos jurídicos que se requieran.
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Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación.
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Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Las funciones de la Oficina Asesora de Planeación, serán las siguientes:
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Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos de la
UBPD.
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Elaborar, en coordinación con las demás áreas, el plan estratégico institucional y los planes de acción de acuerdo con la legislación vigente sobre la materia.
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Hacer el seguimiento y evaluación a la gestión institucional, consolidar el informe de resultados y preparar los informes para las instancias competentes.
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Hacer el seguimiento a la ejecución de los planes estratégicos y al cumplimiento de las metas de la UBPD.
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Elaborar, en coordinación con la Secretaria General, el anteproyecto de presupuesto, la programación presupuestal y plurianual de la UBPD.
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Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los planes, programas y proyectos y viabilizar las modificaciones presupuéstales de inversión ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planea-ción.
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Elaborar estudios, propuestas y diagnósticos de la gestión, tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones, la efectividad de los resultados y optimizar el uso de recursos.
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Liderar la programación y monitoreo de las metas misionales y financieras de la
UBPD.
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Orientar y coordinar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión,
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Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Las funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones y Pedagogía, serán las siguientes:
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Formular el Plan Estratégico Institucional de Comunicaciones, así como orientar a las demás dependencias de la UBPD en su ejecución y seguimiento.
. Diseñar e implementar estrategias pedagógicas, en coordinación con la Dirección de Participación, Contacto con las Víctimas y Enfoques Diferenciales, para el reconocimiento social de la importancia de la búsqueda de las personas dadas por desaparecidas.
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Diseñar estrategias pedagógicas, en coordinación con la Dirección de Participación, Contacto con las Víctimas y Enfoques...
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