Decreto número 1476 de 2016, por el cual se acepta la renuncia al Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta (Magdalena) - 15 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649244881

Decreto número 1476 de 2016, por el cual se acepta la renuncia al Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta (Magdalena)

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49997

EL Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la conferida por el artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 1309 de 18 de junio de 2015, el Gobierno nacional nombró en propiedad, como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta (Magdalena), Código 0191, Grado 20, al señor Fabricio Pinzón Barreto, identificado con la cédula de ciudadanía número 79046688.

Que a través de comunicación de 22 de agosto de 2016, el señor Fabricio Pinzón Barreto, presentó renuncia irrevocable al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta (Magdalena), Código 0191, Grado 20.

Que el parágrafo 1º del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, establece en el Gobierno nacional la competencia para nombrar a los Registradores de Instrumentos Públicos Principales, en consecuencia le corresponde también aceptar las renuncias.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Aceptación de la renuncia.

Acéptase la renuncia presentada por el señor Fabricio Pinzón Barreto, identificado con la cédula de ciudadanía número 79046688, al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta (Magdalena), Código 0191 Grado 20 de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.

Artículo 2º Vigencia.

El presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR