Decreto número 1649 de 2021, por el cual se adopta y reglamenta el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), se dictan otras disposiciones y se adiciona la Parte 7 al Libro 2 del Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación - 6 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879124133

Decreto número 1649 de 2021, por el cual se adopta y reglamenta el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), se dictan otras disposiciones y se adiciona la Parte 7 al Libro 2 del Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín51880

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del artículo 194 de la Ley 1955 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura" , y "Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación, con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos (...)".

Que el artículo 4º de la Ley 115 de 1994 "Por la cual se expide la ley general de educación" establece que "Corresponde al Estado, a la sociedad y a la familia velar por la calidad de la educación y promover el acceso al servicio público educativo, y es responsabilidad de la Nación y de las entidades territoriales, garantizar su cubrimiento". Así mismo, que "ElEstado deberá atender en forma permanente los factores que favorecen la calidad y el mejoramiento de la educación; especialmente velará por la cualificación y formación de los educadores, la promoción docente, los recursos y métodos educativos, la innovación e investigación educativa, la orientación educativa y profesional, la inspección y evaluación del proceso educativo".

Que el literal g "Objetivo 7: Alianza por la Calidad y pertinencia" de la línea "Educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos" del "Pacto por la equidad: política social moderna centrada en la familia, eficiente, de calidad y conectada a mercados" del documento "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" establece que debe consolidarse e implementarse el Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC), el cual incluye dentro de sus componentes el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), con el fin de impulsar la calidad y pertinencia de la educación y formación del talento humano.

Que el artículo 194 de la Ley 1955 de 2019 "por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022- Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" crea "[...]

el Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC) como un conjunto de políticas, instrumentos, componentes y procesos necesarios para alinear la educacióny formación a las necesidades sociales y productivas del país y que promueve el reconocimiento de aprendizajes, el desarrollo personal y profesional de los ciudadanos, la inserción o reinserción laboral y el desarrollo productivo del país" y establece que sus componentes son "[...]

el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), los subsistemas de aseguramiento de la calidad de la educación y la formación, de normalización de competencias y de evaluación y certificación de competencias, el esquema de movilidad educativa y formativa, así como la plataforma de información del SNC".

Que el artículo 194 de la Ley 1955 de 2019 "[... ]

crea el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), para clasificar y estructurar las cualificaciones en un esquema de ocho (8) niveles ordenados y expresados en términos de conocimientos, destrezas y aptitudes, de acuerdo con la secuencialidady complejidad de los aprendizajes que logran las personas en las diferentes vías de cualificación".

Que el artículo 194 de la Ley 1955 de 2019 "[...]

crea el Esquema de Movilidad Educativa y Formativa, para facilitar la movilidad de las personas entre las diferentes vías de cualificación que son la educativa, la formación para el trabajo y el reconocimiento de aprendizajes previos para la certificación de competencias, con el fin de promover las rutas de aprendizaje, las relaciones con el sector productivo y el aprendizaje a lo largo de la vida.".

Que el "Objetivo 3: Crear el Subsistema de Formación para el Trabajo" de la línea "F. Trabajo decente, acceso a mercados e ingresos dignos: acelerando la inclusión

productiva" del documento "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" , establece que este subsistema, como una de las vías de cualificación "se caracteriza por desarrollar conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes desde el nivel básico hasta el más avanzado, en función de las ocupaciones y necesidades de la sociedad y del mercado laboral", por tanto, sus niveles de cualificación se ordenan en concordancia con la estructura del Marco Nacional de Cualificaciones.

Que la Comisión Internacional sobre los Futuros de la Educación, establecida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en el informe "La educación en un mundo tras la Covid: Nueve ideas para la acción pública" publicado en 2020, indica que "[...]

Debemos dar prioridad al desarrollo integral del individuo, y no únicamente de las aptitudes académicas. Al respecto, podría ser conveniente inspirarnos de la definición del informe Delors de 1996, La Educación: encierra un tesoro"; el cual fue presentado por la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI a la UNESCO y que establece que "La educación a lo largo de la vida se basa en cuatro pilares: aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos, aprender a ser". Este último pilar es necesario "para que florezca mejor la propia personalidad y se esté en condiciones de obrar con creciente capacidad de autonomía, de juicio y de responsabilidad personal".

Que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el documento "Inventario analítico de experiencias de construcción e implementación de marcos de cualificaciones en América Latina", publicado en 2020, presenta la "Relación de dimensiones y subdimensiones de los MC", donde se evidencia que los marcos de cualificaciones en su mayoría incluyen en sus descriptores los conocimientos, destrezas, habilidades, habilidades conductuales, autonomía y responsabilidad, entre otros. Particularmente en el Anexo "Fichas de caracterización por marco", en la ficha de Colombia, sección "Dimensiones/ subdimensiones/descriptores del MC, Dimensión 3", se refiere a las a Actitudes como "un comportamiento o disposición al actuar, sentir y pensar en diferentes contextos. Se expresa en términos de responsabilidad y autonomía" . Así mismo, en el numeral 2.4. "Dimensiones, subdimensiones y descriptores de los marcos de cualificaciones" indica que se presenta "la tendencia principalmente europea, de incluir conocimientos y responsabilidad/autonomía".

Que el Documento Conpes 3674 de 2010 "Lineamientos de política para el fortalecimiento del Sistema de Formación de Capital Humano (SFCH)" establece que, para desarrollar un lenguaje común a través del enfoque de competencias laborales que permita dialogar al sector productivo y al sector educativo, "[...]

se definirán los lineamientos para la estructuración de un marco nacional de cualificaciones (MNC) que permita el reconocimiento y certificación de las competencias, habilidades y conocimientos del capital humano con el fin de darle al sector productivo las señales que necesita para definir sus necesidades ocupacionales y garantizar así procesos de selección de personal más eficientes. Paralelamente, el MNC, buscará facilitar la movilidad de estudiantes en el sistema educativo para fomentar la acumulación de capital a lo largo de la vida".

Que en el Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026 "El camino hacia la calidad y la equidad" la Comisión Académica propuso 10 desafíos estratégicos para el país a lograr entre los años 2016 y 2026, con sus respectivos lineamientos estratégicos generales, y que el "Segundo Desafío Estratégico: la construcción de un sistema educativo articulado, participativo, descentralizado y con mecanismos eficaces de concertación", establece el de "Institucionalizar un marco nacional de cualificaciones como un referente que facilite la articulación entre el sistema educativo y los contextos laborales y sociales" .

Que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aprobó en junio de 2004 la "Recomendación sobre el desarrollo de los recursos humanos: Educación, Formación y Aprendizaje Permanente", R195, establece que los Estados miembros deberían "[...]

Desarrollar un marco nacional de cualificaciones que facilite el aprendizaje permanente, ayude a las empresas y las agencias de colocación a conciliar la demanda con la oferta de competencias, oriente a las personas en sus opciones de formación y de trayectoria profesional, y facilite el reconocimiento de la formación, las aptitudes profesionales, las competencias y la experiencia previamente adquiridas; dicho marco debería ser adaptable a los cambios tecnológicos y a la evolución del mercado de- trabajo o, y dar cabida a las diferencias regionales y locales, sin que ello le reste transparencia en el plano nacional".

Que la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), adoptó en 2015 la "Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible" cuyo Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) número cuatro (4) "Educación de Calidad" consiste en "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos". Que, las líneas del "III. Pacto por la equidad: política social moderna centrada en la familia; eficiente, de calidad y conectada a mercados", y concretamente la "línea C Educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos" articula los objetivos, estrategias y metas con el ODS número cuatro (4) para su cumplimiento, están relacionadas y aportarán en el cumplimiento de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR