Decreto número 1727 de 2021, por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la cobertura del Programa FRECH NO VIS - 15 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879374795

Decreto número 1727 de 2021, por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la cobertura del Programa FRECH NO VIS

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51889

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo del artículo 123 de la Ley 1450 de 2011 y el parágrafo 3º del artículo 26 de la Ley 1469 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1233 de 2020 incorporado en el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, modificó lo relacionado con las condiciones de la cobertura de Tasa de Interés del Programa FRECH No VIS para las vigencias 2020, 2021 y 2022.

Que el artículo 2.10.1.7.1.2 del Decreto 1068 de 2015 define las características y el monto de la cobertura de tasa de interés para créditos de vivienda y contratos de leasing habitacional FRECH NO VIS, vigencias de otorgamiento y los segmentos de vivienda a los que aplica y el artículo 2.10.1.7.1.3 del Decreto 1068 de 2015 establece las condiciones para el acceso a la cobertura.

Que mediante documento CONPES 3919 de 2018 se contempla la Política Nacional de Edificaciones Sostenibles y reconoce que el sector de la construcción de edificaciones es uno de los motores de crecimiento de la economía colombiana.

Que el literal f) del numeral 4 de las recomendaciones del documento CONPES 4002 de 2020 solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que: "Con apoyo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y del Departamento Nacional de Planeación diseñar un mecanismo para la promoción de inclusión de criterios de sostenibilidad en la construcción de inmuebles residenciales. Dicho mecanismo podrá corresponder a la destinación de un porcentaje del número de las coberturas a la tasa de interés a otorgar o un monto adicional al valor de la cobertura para la adquisición de viviendas con criterios de sostenibilidad."

Que el Gobierno nacional con base en lo anteriormente señalado, ha decidido promover la adquisición de edificaciones de tipo residencial para el segmento No VIS que incluyan requisitos de sostenibilidad en la construcción de vivienda nueva, mediante una cobertura de tasa de interés diferenciada para este tipo de edificaciones, al que podrán acceder los deudores o locatarios que adquieran las viviendas que cumplan con los requisitos de sostenibilidad que defina el Ministerio de Vivienda, Ciudad...

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