Decreto número 1744 de 2021, por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Emisor | Ministerio de Relaciones Exteriores |
Número de Boletín | 51890 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional ha dispuesto medidas tendientes a fortalecer el ejercicio de la autoridad migratoria, en aras de salvaguardar la política sectorial y seguir propendiendo por una migración controlada, ordenada y segura.
Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en sesión del 19 de marzo de 2021, según Acta número 001, decidió someter a aprobación del Gobierno nacional la presente modificación de su planta de personal.
Que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable.
Que la presente modificación de planta cumple con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019, reglamentado por el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, que señala que en el diez (10%) de los nuevos empleos derivados de modificaciones de las plantas de personal no se exigirá experiencia profesional para el nivel profesional, con el fin de viabilizar la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años.
Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió viabilidad presupuestal para efectos de la presente modificación de la planta de personal, según oficio del 24 de noviembre de 2021, con radicado 2-2021-062341.
DECRETA:
Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia:
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, para la provisión de empleos dará cumplimiento en primer lugar al artículo 24 de la ley 909 de 2004, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará, si hay lugar a ello...
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