Decreto número 1841 de 2021, por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el procedimiento para el pago del subsidio de la Nación a la comisión del Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG)
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 51898 |
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales, en especial la prevista en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con los Decretos Legislativos 492 y 816 de 2020 y el artículo 88 de la Ley 2159 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que la Parte 23 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, estableció entre otros, lo referente al giro de los recursos correspondientes al subsidio de la Nación a la comisión del Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG).
Que el artículo 88 de la Ley 2159 de 2021, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero
al 31 de diciembre de 2022", señaló: "Los recursos dispuestos por el Gobierno nacional con ocasión de la pandemia-Covid 19, para el pago del subsidio a la Comisión del Fondo Nacional de Garantías S. A., serán ejecutados por medio de resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y transferidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a una cuenta especial administrada por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. Estos recursos serán girados al Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG) en la medida en que este último los solicite al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Hasta la fecha de traslado de los recursos al Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG), los rendimientos generados por este fondo pertenecen a la Nación(...)".
Que por lo anterior, se hace necesario ajustar el procedimiento de giro de los recursos correspondientes al subsidio de la Nación a la comisión del Fondo Nacional de Garantías S. A (FNG) establecido en la Parte 23 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, a lo señalado en el artículo 88 de la Ley 2159 de 2020.
Que dentro del trámite del proyecto de decreto, se cumplió con las formalidades previstas en el numeral 8 del artículo 8º de la Ley 1437 del 2011 y el Decreto 1081 de 2015.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
"Artículo 2.23.1. Recursos para el pago del subsidio a la comisión del Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG). Los recursos apropiados en el Presupuesto General de la Nación para el...
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