Decreto número 193 de 2022, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Albania, departamento de La Guajira - 7 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897050430

Decreto número 193 de 2022, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Albania, departamento de La Guajira

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51941

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Néstor Alfonso Sáenz González, alcalde del municipio de Albania, departamento de La Guajira, mediante oficio de 23 de septiembre de 2020, dirigido a la Procuraduría Regional de La Guajira, manifestó su impedimento para "conocer la actuación administrativa propuesta mediante oficio RNEC - ALB-066 del 5 de octubre de 2021, radicado en ventanilla única del municipio de Albania el 6 de octubre de 2021 bajo el numero (sic) 4290 de Registraduría Municipal de Albania, correspondiendo (sic) a ejercer la vigilancia en el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad del comité promotor de la iniciativa de revocatoria de mandato ALBANIA ES PRIMERO."

Que mediante Auto de 21 de octubre de 2021, proferido por la Procuraduría Regional de La Guajira dentro del radicado IUS_2021-551186, se aceptó el impedimento manifestado por el doctor Néstor Alfonso Sáenz González. alcalde del municipio de Albania, departamento de La Guajira, al considerar que se encuentra justificada la causal de impedimento descrita en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, invocada por el alcalde de Albania, por existir un interés directo y particular en la función que la administración municipal debe desarrollar para ejercer vigilancia a los protocolos de bioseguridad que se deben observar en el proceso de recolección de firmas, por parte de los miembros que promueven la revocatoria de mandato, dado que el resultado de dicho proceso trasciende de manera directa en el servidor, y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, a través del cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se...

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