Decreto número 2039 de 2016, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016 y se efectúa la correspondiente liquidación - 12 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 655527693

Decreto número 2039 de 2016, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016 y se efectúa la correspondiente liquidación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50085

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la República de Colombia, delegatario de funciones Presidenciales mediante Decreto 1977 de 2016, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política, expidió la Ley 1769 de 2015, "por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigenciafiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2016", el cual se liquidó mediante el Decreto número 2550 de diciembre 30 de 2015.

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

Que el Gobierno de la República de Colombia suscribió con KFW, Frankfurt am Main, el Convenio de Financiación, denominado "Silvicultura como Alternativa de Producción en la Zona Marginal de la Región Cafetera - Componente de Biodiversidad", de carácter no reembolsable.

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reem-bolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor.

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación. Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que...

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