Decreto Número 2120 de 2023, por medio del cual se crea el programa 'CREO, un crédito para conocernos' y se adiciona la Parte 25 al Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Unico Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público - 11 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 973084687

Decreto Número 2120 de 2023, por medio del cual se crea el programa 'CREO, un crédito para conocernos' y se adiciona la Parte 25 al Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Unico Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52606

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 88 de la Ley 2294 de 2023, yCONSIDERANDO:Que las bases de la Ley 2294 de 2023 por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida" (PND) proponen desarrollar una política pública que desde diferentes enfoques permita mejorar las oportunidades de la población para lograr sus proyectos de vida y se otorgue el reconocimiento e impulso a la Economía Popular y Comunitaria.Que estas bases del PND establecen que la Economía Popular se refiere a "los oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o microempresas), en cualquier sector económico ".Que el artículo 88 de la referida ley establece lo siguiente: "ElMinisterio de Hacienda y Crédito Público, en articulación con otras entidades del Estado, impulsará el desarrollo de instrumentos y programas para promover la inclusión financiera y crediticia de la Economía Popular, especialmente pequeños productores del sector agropecuario y los micronegocios, la promoción de las finanzas verdes, la innovación y el emprendimiento (...)".Que el Gobierno nacional a través del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades creado en virtud del artículo 10.4.2.1.1., del Decreto número 2555 de 2010, busca "promover el acceso al crédito y los demás servicios financieros a las familias de menores ingresos, micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores; asi como, impulsar la articulación, ejecución y seguimiento de las políticas de inclusión y educación económica y financiera que fije el Gobierno nacional dirigidas a la comunidad educativa y público en general ".Que el artículo 10.4.2.1.3 del Decreto número 2555 de 2010 creó la Comisión intersectorial para la inclusión y educación económica y financiera - Banca de las Oportunidades como la instancia a cargo de "(...) ejercer la coordinación y seguimiento a la formulación y ejecución de la política de inclusión y educación económica y financiera, asi como las actividades que se pretendan financiar con los recursos del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades (...)". El Ministerio de Hacienda y Crédito Público preside esta Comisión.Que el Programa de Inversión Banca de las Oportunidades publicó el documento "Lincamientos para la estrategia de inclusión crediticia de la economía popular del Gobierno nacional 2022-2026", el cual establece como uno de los principales hitos superar obstáculos al acceso a financiación formal y reemplazar la informal en la economía popular, potenciando su desarrollo, bienestar financiero y crecimiento. Este propósito se alcanza a través de tres objetivos específicos, a saber: i) Financiación individual popular; ii) Financiación asociativa y; iii) Financiación grupal popular.Que en virtud del Decreto número 2111 de 2019 el Gobierno nacional creó el Grupo Bicentenario como sociedad matriz o controlante de las empresas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia o que desarrollen actividades conexas al servicio financiero, que hagan parte de la Rama Ejecutiva del orden nacional. A través de estas empresas se busca facilitar el acceso al crédito, la inclusión financiera, otorgar créditos en mejores condiciones, entre otros aspectos.Que en virtud de lo anterior, se hace necesario crear el Programa "CREO, un crédito para conocemos", como uno de los instrumentos del Gobierno nacional encaminados a cumplir los propósitos del artículo 88 de la Ley 2294 de 2023, particularmente, lo concerniente a la promoción de la inclusión crediticia a través de financiación individual y grupal popular que apunte a la superación de las barreras para acceder a financiación formal, sustituyendo los esquemas de financiamiento informal de la economía popular.Que le corresponde al Gobierno nacional definir las condiciones y requisitos aplicables al Programa, el cual se materializará a través de líneas de crédito de segundo piso con condiciones especiales, incentivos al buen hábito de pago y garantías parciales de crédito para el acceso de la economía popular a servicios de financiamiento. Para la implementación de estos instrumentos, se destinarán los recursos necesarios con cargo al Presupuesto General de la Nación, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, los cuales serán transferidos a las entidades del Grupo Bicentenario que implementarán los mismos.Que en cumplimiento de los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.14., del Decreto Unico número 1081 de 2015, el proyecto de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.Que, en mérito de lo expuesto,DECRETAArtículo 1. Adición de la Parte 25 al Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015 -Unico Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Adiciónese la Parte 25 al Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, la cual quedará así:PARTE 25PROGRAMA CREO, UN CRÉDITO PARA CONOCERNOSArtículo 2.25.1. Objeto. El presente decreto tiene como objeto la creación e...

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