Decreto numero 2191 de 2001, por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - 19 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653710017

Decreto numero 2191 de 2001, por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44.587

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y con sujeción a los principios y reglas del artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º Estructura.

Créase dentro de la estructura interna de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Dirección Administrativa.

Artículo 2º Funciones de la Dirección Administrativa.

Corresponde a la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Dirigir la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, su planeación, ejecución y control de gestión y resultados, proporcionándoles una adecuada orientación técnica que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas.

  2. Coordinar las actividades jurídicas que desde el punto de vista administrativo requiera el Ministerio para su funcionamiento.

  3. Definir las políticas sobre procesos contractuales y, la administración del recurso humano, financiero, físico y de bienes y servicios del Ministerio.

  4. Formular el plan estratégico de la Dirección Administrativa, efectuar el seguimiento, establecer el plan de acción para su ejecución y evaluar los resultados mediante la utilización de los instrumentos de medición respectivos.

  5. Planear, administrar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos contractuales y a los relacionados con el recurso humano, financiero, físico y de bienes y servicios del Ministerio, garantizando su adecuado funcionamiento.

  6. Coordinar el trámite de las sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales a cargo de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

  7. Coordinar con la Oficina de Planeación la elaboración de los proyectos de presupuesto e inversión de la Dirección Administrativa y presentarlos a la Secretaría General, acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones.

  8. Coordinar la preparación de los diferentes informes exigidos por ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos a las Subdirecciones de conformidad con la naturaleza de sus funciones.

  9. Velar porque se ejerza el control interno sobre cada una de las funciones de la Dirección Administrativa.

  10. Realizar las demás que le sean asignadas por el Ministro, Viceministros y Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes.

Artículo 3º Estructura de la Dirección Administrativa.

La Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá la siguiente estructura:

  1. Subdirección Financiera

  2. Subdirección Jurídica

  3. Subdirección de Recursos Humanos

  4. Subdirección de Servicios

Artículo 4º Descripción de funciones.

4.1. Subdirección Financiera. Corresponde a la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Administrar, registrar y controlar el Presupuesto de Gastos asignado al Ministerio.

  2. Gestionar el Programa Anual de Caja, PAC, y administrar el asignado al Ministerio.

  3. Recibir, administrar, registrar y controlar los fondos destinados para las Cajas Menores aprobadas para el Ministerio.

  4. Llevar la Contabilidad del Ministerio de acuerdo con las normas prescritas por la Unidad Administrativa Especial, Contaduría General de la Nación.

  5. Atender...

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