Decreto número 2242 de 2022, por el cual se modifica el Decreto 062 de 2020 y el artículo 2.6.1.3.3 del Decreto 1081 de 2015 Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República en lo que hace referencia a la implementación de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII) - 18 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 915589970

Decreto número 2242 de 2022, por el cual se modifica el Decreto 062 de 2020 y el artículo 2.6.1.3.3 del Decreto 1081 de 2015 Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República en lo que hace referencia a la implementación de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII)

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín52222

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2º de la Ley 1941 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo 1º del artículo 281 de la Ley 1955 de 2019 establece que los planes para las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII) en las zonas en que coincidan con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), deberán coordinarse con la Consejería para la Estabilización y la Consolidación y la Agencia del Renovación del Territorio (ART) para construirse a partir de los resultados de los procesos participativos de los Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR).

Que mediante el Decreto 2278 de 2019, el Gobierno nacional reglamentó el artículo 2º de la Ley 1941 de 2018, en lo que hace referencia a la implementación de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral.

Que, en sesiones del 20 de mayo de 2019 y 12 de marzo de 2021, el Consejo de Seguridad Nacional de conformidad con la facultad que otorgaba el artículo 2º de la Ley 1941 de 2018 declaró como Zonas Estratégicas de Intervención Integral: (i) el Pacífico Nariñense, (ii) Chibiriquete y parques naturales aledaños, (iii) Arauca, (iv) Bajo Cauca y Sur de Córdoba, (v) Catatumbo y (vi) Chocó.

Que de conformidad con la Ley 2272 del 4 de noviembre de 2022, "la política de paz es una política de Estado. Será prioritaria y transversal en los asuntos de Estado, participativa, amplia, incluyente e integral, tanto en lo referente a la implementación de acuerdos, como con relación a procesos de negociación, diálogo y sometimiento a la justicia".

Que así mismo, precisa la precitada ley que la política de paz al ser una política de Estado, "cumpliendo con los requisitos constitucionales vinculará a las autoridades de todas las ramas y niveles del poder público, quienes deberán orientar sus actuaciones a su implementación y cumplimiento".

Que de conformidad con el parágrafo transitorio del artículo 4º de la Ley 2272 del 4 de noviembre de 2022, por el cual se modifica el artículo 6º de la Ley 418 de 1997, "El...

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