Decreto número 2338 de 2015, por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera - 3 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 588948558

Decreto número 2338 de 2015, por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49715

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que conforme con lo dispuesto en el artículo 113 de la Constitución Política, los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines;

Que de acuerdo con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad entre otros, y que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado;

Que el artículo 45 de la Ley 489 de 1998 consagra la facultad, en cabeza del Gobierno Nacional, de crear comisiones intersectoriales para la coordinación y orientación superior de la ejecución de ciertas funciones y servicios públicos, cuando por mandato legal o en razón de sus características, estén a cargo de dos o más ministerios, departamentos administrativos o entidades descentralizadas, sin perjuicio de las competencias específicas de cada uno de ellos;

Que la inclusión financiera tiene como propósito esencial permitir a la población el acceso y uso de los productos y servicios financieros con el fin de contribuir al crecimiento económico;

Que la inclusión financiera es un objetivo cuyo logro requiere del ejercicio de competencias de varias entidades estatales, aspecto que justifica la creación de una Comisión Intersectorial encargada de la coordinación y orientación superior de las acciones que se deben adelantar en este tema específico, y así garantizar los principios de eficacia, economía y celeridad que rigen la función administrativa, de acuerdo con lo previsto en los artículos 209 de la Constitución Política y de la Ley 489 de 1998, los cuales establecen que las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Coordinación y Orientación Superior.

Créase la Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera, como una instancia de orientación de la política y coordinación de las entidades relacionadas con inclusión financiera.

Artículo 2º Composición.

La Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera estará integrada por los siguientes funcionarios con voz y voto:

  1. El Ministro de Hacienda y Crédito...

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