Decreto número 255 de 2022, por el cual se adiciona la Sección 7 al Capítulo 25 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, sobre normas corporativas vinculantes para la certificación de buenas prácticas en protección de datos personales y su transferencia a terceros países - 23 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897439050

Decreto número 255 de 2022, por el cual se adiciona la Sección 7 al Capítulo 25 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, sobre normas corporativas vinculantes para la certificación de buenas prácticas en protección de datos personales y su transferencia a terceros países

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51957

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 27 de la Ley 1581 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 1581 de 2012 se expidió el Régimen General de Protección de Datos Personales, el cual tiene por objeto: "(...) desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma" .

Que, de acuerdo con el régimen establecido en la Ley 1581 de 2012, el Estado colombiano contempla una serie de prohibiciones para la transferencia de datos personales cuando un determinado país no proporciona un nivel adecuado de protección; sin embargo, existen algunas excepciones cuando subsisten situaciones como las contempladas en el artículo 26 de la misma ley o cuando hay la declaratoria de conformidad relativa para la transferencia de datos por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Que el artículo 27 de la Ley 1581 de 2012 dispuso que: "El Gobierno nacional expedirá la reglamentación correspondiente sobre Normas Corporativas Vinculantes para la certificación de buenas prácticas en protección de datos, personales y su transferencia a terceros países" .

Que las Normas Corporativas Vinculantes constituyen una alternativa adicional, a las ya previstas en la normativa colombiana, para facilitar la transferencia de datos entre responsables, que para el caso particular sean parte de un mismo grupo empresarial y que se encuentran ubicados en diferentes países. Las Normas Corporativas Vinculantes se materializan a través de sistemas de autorregulación que confieren derechos y garantías a los titulares de los datos, y deberes y obligaciones al grupo empresarial derivados del cumplimiento de los principios previstos en la Ley de protección de datos y la aprobación que corresponde hacer sobre estas, a la Superintendencia de Industria y Comercio.

Que, con el fin de facilitar la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 1581 de 2012, se deben reglamentar las condiciones mínimas que deben incorporar las Normas Corporativas Vinculantes en materia de garantías y mecanismos de protección de datos, así como los requisitos generales que deben contener.

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-748 de 2011, al evaluar la constitucionalidad del artículo 27 de la Ley 1581 de 2012, sobre Normas Corporativas Vinculantes, estableció que "(... ) para que estas normas cumplan su objetivo, una vez el Gobierno nacional las reglamente y las organizaciones las implementen, deben ser revisadas por la autoridad de protección (...)".

Que este proyecto de decreto fue publicado en la página web del...

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