Decreto número 2598 de 2022, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de confecciones y se dictan otras disposiciones - 23 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 917776409

Decreto número 2598 de 2022, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de confecciones y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín52257

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 7a de 1991 y la Ley 1609 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1881 de 2021 se adoptó el Arancel de Aduanas Nacional que entró a regir a partir del 1º de enero de 2022, en el cual se establece un arancel del 15 % de Nación más Favorecida (NMF), para la importación de mercancías de cualquier origen comprendidas en los capítulos 61 y 62 del arancel de aduanas.

Que mediante Decreto 414 de 2021 "por el cual se modifica parcialmente el arancel de aduanas para la importación de confecciones", el Gobierno nacional determinó en los artículos 1º y 2º establecer por el término de 2 años:

· Un arancel del cuarenta por ciento (40 %) ad valorem a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida (NMF), de los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, cuando el precio FOB declarado sea inferior 6 igual a diez (10) dólares de los Estados Unidos por kilogramo bruto.

· Un arancel del quince por ciento (15 %) ad valorem más uno punto cinco (1.5) dólares de los Estados Unidos por kilogramo bruto, a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida (NMF), de los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, cuando el precio FOB declarado sea superior a diez (10) dólares de los Estados Unidos por kilogramo bruto.

Que en sesión 359 del 26 de octubre de 2022, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó al Gobierno nacional tomar medidas arancelarias respecto de la importación de los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional.

Que en la citada sesión, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior señaló que es necesario impulsar un equilibrio en el comercio internacional, una mayor generación de valor agregado, la competitividad, el empleo, en especial los femeninos y en la productividad de la industria nacional de confecciones.

Que así mismo, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior tuvo en cuenta que existen dificultades en la aplicación...

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