Decreto número 264 de 2019, por el cual se adoptan medidas para la Asistencia Humanitaria de Emergencia a la población de la República Bolivariana de Venezuela y a los migrantes venezolanos en Colombia - 21 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 768763725

Decreto número 264 de 2019, por el cual se adoptan medidas para la Asistencia Humanitaria de Emergencia a la población de la República Bolivariana de Venezuela y a los migrantes venezolanos en Colombia

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín50874

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política en concordancia con el artículo 9º de la Ley 1523 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los principios fundamentales de la Constitución Política de Colombia, las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia. De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe.

Que le corresponde al señor Presidente de la República como jefe de Estado, jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa, dirigir las relaciones internacionales.

Que como consecuencia de la crisis económica, política y social por la que atraviesa la República Bolivariana de Venezuela, se ha evidenciado una migración masiva de venezolanos al país, ya sea para quedarse en el territorio nacional o usarlo como puente para llegar a otros países latinoamericanos.

Que dicho fenómeno migratorio evidencia una situación humanitaria compleja al interior del vecino país, lo cual requiere de acciones humanitarias y actuaciones de solidaridad de los países de la región y el mundo, para aliviar las necesidades básicas de la población venezolana.

Que dicha atención, como medida humanitaria, requiere acciones urgentes de las instituciones del Gobierno nacional, para afrontar la situación excepcional.

Que el Gobierno de la República de Colombia expidió el documento Conpes 3950 de 23 de noviembre de 2018, que busca establecer e implementar estrategias de atención en salud, educación, primera infancia, infancia y adolescencia, trabajo, vivienda y seguridad, articular la institucionalidad existente y definir nuevas instancias para la atención de la población migrante desde Venezuela.

Que las entidades del Estado, tanto en el nivel central como en el descentralizado y en el marco de sus competencias, han atendido a los venezolanos que han llegado a nuestro país, dentro de las capacidades de su oferta institucional.

Que el artículo 3º de la Ley 1523 de 2012 señala dentro de los principios generales que orientan la gestión del riesgo, los siguientes:

"Artículo 3º. Principios generales.

(...)

3....

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