Decreto número 2712 de 2010, por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Caro y Cuervo y se determinan lasfunciones de sus dependencias - 28 de Julio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844776948

Decreto número 2712 de 2010, por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Caro y Cuervo y se determinan lasfunciones de sus dependencias

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín47784

ElPresidente delaRepúblicade Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA: CAPÍTULO I Estructura

Artículo 1º Estructura.

La estructura del Instituto Caro y Cuervo será la siguiente:

  1. Consejo Directivo

  2. Dirección General

  3. Subdirección Académica

  4. Subdirección Administrativa y Financiera

  5. Órganos de Asesoría y Coordinación.

5.1 ComisióndePersonal.

5.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

CAPÍTULO II Funciones de las dependencias Artículos 2 a 80
Artículo 2º

El Consejo Directivo del Instituto Caro y Cuervo, estará integrado y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en la Ley 489 de 1998, en sus estatutos y demás disposiciones legales vigentes.

Artículo 3º Dirección General.

Son funciones de la Dirección General las siguientes:

Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo.

  1. Crear y conformar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y pro- gramas trazados por la entidad; así como designar el funcionario bajo el cual quedará la coordinación y supervisión del grupo.

  2. Representar legalmente al Instituto en los asuntos judiciales, extrajudiciales y demás actuaciones administrativas, y en ejercicio de esta facultad nombrar los apoderados especiales que demande la mejor defensa de los intereses del Instituto.

  3. Adoptar los manuales específicos de funciones y competencias laborales y los manuales de procesos y procedimientos adecuados a la naturaleza, estructura y misión del Instituto.

  4. Establecer y mantener el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad del Instituto, en los términos de oportunidad, eficacia y eficiencia definidos legalmente para cada una de las materias.

  5. Dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento administrativo y académico del Instituto.

  6. Expedir los actos y adelantar las actuaciones administrativas requeridas para el cumplimiento de los objetivos misionales del Instituto.

  7. Suscribir y/o celebrar los contratos y convenios necesarios para la consecución de los objetivos misionales y el funcionamiento administrativo del Instituto, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Nacional.

  8. Ordenar los gastos con cargo al presupuesto del Instituto y efectuar el control en la ejecución de los mismos.

  9. Nombrar, dar posesión y remover al personal del Instituto de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

  10. Autorizar a los funcionarios del Instituto los permisos y comisiones de acuerdo con la ley y los reglamentos.

  11. Orientar, promover, mantener y difundir la realización de acuerdos entre el Instituto e instituciones de índole nacional e internacional por medio de convenios y/o cartas de acuerdo y/o compromiso en las áreas de interés académico, investigativo, científico y humanístico.

  12. Ejecutar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al Instituto, al igual que las diferentes disposiciones estatutarias y las demás decisiones emanadas del Consejo Directivo.

  13. Orientar el diseño, planeación, programación, ejecucióny evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo institucional a corto, mediano y largo plazo.

  14. Diseñarlos planes, metas, procedimientos, mecanismos de seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno de la Entidad.

  15. Garantizar la integridad y eficacia de la aplicación del sistema de control interno en las diferentes dependencias, a través de un seguimiento preciso, eficaz y continuo, que permita los resultados propuestos.

  16. Evaluar el estado del Sistema de Control Interno Institucional y adoptar las medidas correctivas pertinentes.

  17. Procurar que la atención de quejas y reclamos presentadas por los ciudadanos en relación con la misión de la entidad, se presten en forma oportuna y eficiente.

  18. Procurar la adecuada defensa extrajudicial y judicial del Instituto en los procesos y litigios, y en las demás actuaciones de resolución de conflictos en las cuales sea parte el Instituto.

  19. Mantener la compilación y actualización de la jurisprudencia y de las normas legales y administrativas que regulan las funciones del instituto, de cada una de sus dependencias y velar por su adecuada difusión y...

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