Decreto número 294 de 2022, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Zipaquirá, departamento de Cundinamarca - 28 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 898318123

Decreto número 294 de 2022, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Zipaquirá, departamento de Cundinamarca

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51962

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 249 de 27 de noviembre de 2020, radicada ante la Procuraduría Provincial de Zipaquirá con Oficio 2020-30.1-7180-1 de 3 de diciembre de 2020 y, a su vez trasladada a la Procuraduría Regional de Cundinamarca a través del Oficio 001746 de 26 de mayo de 2021, el señor Wilson Leonar García Fajardo, alcalde del municipio de Zipaquirá, departamento de Cundinamarca, manifestó su impedimento para "conocer de la solicitud de habilitación para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos tipo taxi, presentada por la empresa Cooperativa de Transportadores de la Sabana de Bogotá (Cootranssa Ltda.), identificada con Nit. 800.212.222-0, domiciliada en la Carrera 12 No. 6-54 barrio Algarra II, bajo Radicado 2019215231 del 3 de diciembre de 2019", invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.

Que mediante Auto 1007 de 10 de septiembre de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS-2021-250139 IUC-D-2021-1906096, el procurador regional de Cundinamarca, aceptó el impedimento manifestado por el señor Wilson Leonar García Fajardo, alcalde municipal de Zipaquirá, Cundinamarca, para "adelantar el trámite de habilitación para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual, que fue solicitado mediante Radicado número 2019215231 del 3 de diciembre de 2019, por parte de la empresa Cooperativa de Transportadores de la Sabana de Bogotá (Cootranssa Ltda.), identificada con Nit. 800.212.222-0", encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera...

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