Decreto número 444 de 2022, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores - 28 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 900258803

Decreto número 444 de 2022, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín51990

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 869 del 25 de mayo de 2016 "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones" establece en su Capítulo III lo relacionado a la Dirección del Ministerio, su estructura y funciones de sus dependencias;

Que la Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario), modificada por la Ley 2094 de 2021, implementó reformas al proceso disciplinario, determinando en el artículo 12, y a partir de su entrada en vigencia que, "El disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo que sea competente (...)", es decir, que en el proceso disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo que adelante el juzgamiento, ni tengan ningún tipo de subordinación o dependencia entre sí;

Que la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento impone que estas se asuman por dos dependencias diferentes e independientes entre sí;

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió la Circular número 100-002, mediante la cual se dan los lineamientos organizacionales para la adecuación de las unidades u oficinas de instrucción y juzgamiento de control disciplinario interno en las entidades públicas y oficializó un instructivo denominado "Caja de Transformación Institucional para el Control Disciplinario Interno", donde se establecen varias alternativas para su implementación en las entidades del Estado colombiano;

Que la modificación presentada al Departamento Administrativo de la Función Pública cumple con los requisitos del numeral 1.1. de la Directiva Presidencial número 09 del 9 de noviembre de 2018, "Directrices de Austeridad", en la cual se dispone que: "Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad";

Que en cumplimiento de lo anterior, se hace necesario modificar las funciones de la Secretaría General, la Oficina Asesora Jurídica Interna y la Oficina de Control Disciplinario Interno;

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Modificar el artículo 18 del Decreto número 869 de 2016, el cual quedará así:

Artículo 18. Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: 1. Asistir al Ministro en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del- Ministerio de Relaciones Exteriores.

2. Dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionados con los asuntos jurídicos internos, financieros, contables, gestión del talento humano, contratación pública, servicios administrativos, gestión documental, correspondencia y notificaciones de la entidad y el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

3. Implementar la política de empleo público e impartir los lineamientos para la adecuada administración del talento humano del Ministerio.

4....

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