Decreto número 454 de 2016, por el cual se acepta la renuncia al Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Puerto Carreño, Vichada - 15 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631562551

Decreto número 454 de 2016, por el cual se acepta la renuncia al Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Puerto Carreño, Vichada

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49816

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la conferida por el artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 248 de 12 de febrero de 2014, el Gobierno nacional nombró en propiedad, como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Puerto Carreño, Vichada, Código 0191, Grado 19, al señor Ruperto Hugo Oliveros Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía número 5836437 expedida en Ambalema, Tolima.

Que mediante Decreto 2724 de 29 de diciembre de 2014, se modificó la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, aprobando entre otros, la supresión de 35 cargos de Registradores Principales de Instrumentos Públicos, Código 0191 Grado 19 y la creación de igual número de cargos de Registradores Principales, Código 0191, Grado 20.

Que mediante Decreto 0109 de 21 de enero de 2015, el señor Ruperto Hugo Oliveros Ramírez, fue incorporado a la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro en el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Puerto Carreño, Vichada, Código 0191, Grado 20.

Que a través de escrito de fecha 23 de febrero de 2016, dirigido al Presidente de la República, el señor Ruperto Hugo Oliveros Ramírez presentó renuncia irrevocable al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Puerto Carreño,

Vichada, Código 0191, Grado 20.

Que el parágrafo 1º del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, establece en el Gobierno nacional la competencia para nombrar a los Registradores de Instrumentos Públicos Principales, en consecuencia le corresponde también aceptar las renuncias.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Aceptación de renuncia.

Acéptase la renuncia presentada por el señor Ruperto Hugo Oliveros Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía...

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