Decreto numero 437 de 1998, por el cual se admite el impedimento de un Gobernador de departamento y se designa Gobernador ad hoc. - 2 de Marzo de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59798545

Decreto numero 437 de 1998, por el cual se admite el impedimento de un Gobernador de departamento y se designa Gobernador ad hoc.

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín43251

por el cual se admite el impedimento de un Gobernador de departamento y se designa Gobernador ad hoc.

El Presidente de la República de Colombia, en su condición de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, de conformidad con los artículos 115 y 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Circular número 001 del 9 de febrero de 1998, el Ministro del Interior con fundamento en los artículos 209 de la Carta Política 2º, de la Ley 199 de 1995 y el numeral 5 del artículo 5º del Decreto 0372 de 1996, solicitó a todos los Gobernadores cuyos cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil aspiren a ser elegidos miembros del Congreso de la República, declararse impedidos para el ejercicio de las funciones relacionadas con el desarrollo del debate electoral del 8 de marzo de 1998;

Que el doctor Juan Carlos Vives Menotti, en su calidad de Gobernador del departamento del Magdalena, mediante oficio número 0113 del 19 de febrero de 1998, se ha declarado impedido, por cuanto su hermano, su primo y un pariente dentro del segundo grado de afinidad aspiran al Congreso de la República,

DECRETA:

Artículo 1º Aceptar el impedimento declarado por el doctor Juan Carlos Vives Menotti, Gobernador del departamento del Magdalena, en todo lo pertinente con el ejercicio de sus...

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