Decreto numero 756 de 1998, por el cual se autoriza a unos funcionarios del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para aceptar la beca otorgada por una entidad extranjera. - 22 de Abril de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59799098

Decreto numero 756 de 1998, por el cual se autoriza a unos funcionarios del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para aceptar la beca otorgada por una entidad extranjera.

EmisorDepartamentos Administrativos
Número de Boletín43286

por el cual se autoriza a unos funcionarios del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para aceptar la beca otorgada por una entidad extranjera.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que el "Center of the International Cooperation for Computerization –CICC– Japan", otorgó una beca de estudios en el exterior a los siguientes funcionarios del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, adscritos a la Oficina de Sistemas, así: Ricardo Sánchez Peinado, Jefe de Oficina Asesora de Departamento Administrativo Código 0125 Grado 19, para recibir el Curso Intranet Application System Development Course 1998FY/lst. period, Pedro Julio Sarmiento Rodríguez Profesional Especializado Código 3010 Grado 16, para recibir el Curso Network System Development Course 1998FY/lst period, en la ciudad de Tokio, entre el 11 de mayo y el 29 de julio de 1998 y Ligia del Carmen Galvis Amaya Profesional Especializado Código 3010 Grado 15, para recibir el Curso Multimedia/Internet System Development Course 1998FY, en la ciudad de Tokio, entre el 11 de mayo y el 17 de julio de 1998;

Que los citados funcionarios, requieren autorización para aceptar la beca otorgada por el "Center of the International Cooperation for Computerization –CICC– Japan", que incluye el suministro de pasajes aéreos de ida y vuelta, costos de entrenamiento, alojamiento, sostenimiento, seguro y servicio médico, de acuerdo con la invitación formulada por dicho organismo;

Que en cumplimiento del artículo 129 de la Constitución Política de Colombia: "Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno."

DECRETA:

Artículo 1º

Autorizar a Ricardo Sánchez...

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