Decreto numero 864 de 1998, por el cual se crea la Dirección Antisecuestro y Extorsión en la Policía Nacional.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 43300 |
por el cual se crea la Dirección Antisecuestro y Extorsión en la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 8º de la Ley 282 del 6 de junio de 1996,
DECRETA:
Dirección Antisecuestro y Extorsión
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Area de Operaciones Técnicas y Policía Judicial.
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Area de Inteligencia.
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Area Servicios y Apoyo.
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Grupos Regionales.
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Desarrollar y ejecutar las políticas del Gobierno Nacional, a través del Director del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal y el Conase.
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Elaborar diagnósticos, estudios e investigaciones que permitan sugerir al Gobierno Nacional a través de la Dirección General de la Policía una política de acción coherente contra los delitos de extorsión y secuestro.
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Coordinar con la Dirección Operativa, la Dirección de Recursos Humanos, los Comandos de Departamento y Policías Metropolitanas, la selección, el entrenamiento, control y empleo del personal policial requerido para las diferentes unidades integrantes del "Gaula" a nivel regional.
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Asesorar a los Grupos Regionales en el desarrollo de todas las operaciones y dirigirlos en lo de su competencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 282 de 1996 o normas que la modifiquen o reformen.
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Coordinar con la Dirección de Policía Judicial planes de acción para contrarrestar los delitos de secuestro y extorsión.
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Coordinar y desarrollar con la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional, la recepción, registro, análisis, sistematización y distribución de la información relacionada con los delitos de secuestro y extorsión.
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Coordinar y efectuar con el Director del Programa para la Defensa de la Libertad Personal en los términos...
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