Decreto numero 1089 de 1998, por el cual se aprueban algunas modificaciones hechas a los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. "Ciasc S. A.".
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 43323 |
por el cual se aprueban algunas modificaciones hechas a los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. "Ciasc S. A.".
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 6º del Decreto 2352 de 1971,
DECRETA:
A. "CIAC S. A.", adoptadas por la Asamblea General Accionistas mediante Acuerdo número 03 de abril 22 de 1998, cuyo texto es siguiente:
ACUERDO NUMERO 03 de 1998
(abril 22)
por el cual se reforman los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A., Ciac S. A.
La Asamblea General de Accionistas de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A., en uso de sus facultades legales y especial de las que le confiere el Decreto 1050 de 1968,
ACUERDA:
Artículo 1º. Adoptar las siguientes modificaciones a los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A., aprobadas por la Asamblea General de Accionistas en Acta número 049 fecha abril 22 de 1998, modificaciones propuestas por la Junta Directiva según Acta número 388 de fecha abril 22 de 1998.
El artículo 4º del Decreto 459 de 1986 quedará así:
Artículo 4º. Objeto. Constituyen el objeto principal de la Corporación las siguientes actividades que serán desarrolladas exclusivamente dentro de una o varias zonas francas:
a) El montaje, administración y explotación de centros o talleres de reparación, mantenimiento y prestación de toda clase de servicios para aeronaves nacionales y extranjeras;
b) Fabricación, ensamblaje y compraventa, agencia de distribución de aeronaves y de toda clase de partes, repuestos, piezas sueltas y accesorios para las mismas; y
c) Servir de agente o recibir de despachadores extranjeros o importadores nacionales, equipos aeronáuticos, partes, repuestos, herramientas y piezas sueltas para reparación, mantenimiento, ensamblaje, fabricación y servicios de aeronaves y equipos aeroportuarios; mercancías recibidas para depósito, importación o exportación en una o varias zonas francas, de acuerdo a las normas legales.
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