Decreto numero 1279 de 1998, por el cual se modifica transitoriamente un gravamen arancelario. - 8 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800229

Decreto numero 1279 de 1998, por el cual se modifica transitoriamente un gravamen arancelario.

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín43338

por el cual se modifica transitoriamente un gravamen arancelario.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991, oído el Consejo Superior de Comercio Exterior,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 97 del Acuerdo de Cartagena faculta a los Países Miembros de la Comunidad Andina a diferir la aplicación del Arancel Externo Común, para atender insuficiencias transitorias de oferta que afecten a cualquier país miembro. Que el artículo 4º de la Decisión 370 permite suspender transitoriamente la aplicación del AEC, reduciéndolo hasta el 5%, para el caso de materias primas y bienes de capital, previa consulta entre las partes y la junta;

Que Venezuela, único productor de la subregión de la banda de acero laminada en caliente de la subpartida arancelaria 7208.39.00.90 no está en capacidad de abastecer los requerimientos del mercado colombiano;

Que Colombia al tener que importar las bandas de acero laminadas en caliente de terceros países y pagar un arancel de 10%, se sitúa en condiciones no competitivas en el mercado nacional del bien final, los laminados...

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