Decreto número 630 de 2021, por el cual se modifica el artículo 7º del Decreto número 109 de 2021, modificado por el artículo 1 º del Decreto número 466 de 2021 y se dictan otras disposiciones - 9 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 869505623

Decreto número 630 de 2021, por el cual se modifica el artículo 7º del Decreto número 109 de 2021, modificado por el artículo 1 º del Decreto número 466 de 2021 y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51700

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 49 y el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 170 de la Ley 100 de 1993, el artículo 42 de la Ley 715 de 2001, el artículo 90 de la Ley 1438 de 2011 y el artículo 9º de la Ley 2064 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto número 109 de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y, en el parágrafo 6º de su artículo 7º, indica que la priorización realizada, obedece a la mejor evidencia científica disponible al momento de su expedición, sin embargo, dejó establecido que, si existiere variación en la evidencia científica, tanto la población objeto como la priorización podrían ser actualizadas.

1 Por medio de las Resoluciones 5417 del 29 de abril de 2019 y 00470 del 22 de enero de 2020, debidamente ejecutoriadas, según constancia del 17 de febrero de 2020, la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro.

2 Artículo 3º del Decreto número 2617 de 1974, "Los demás Notarios de primera categoría y registradores de cabecera de círculo, tomarán posesión de sus cargos ante los Gobernadores, Intendentes y Comisarios de los respectivos círculos".

Que los objetivos del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 son reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por COVID-19, disminuir la incidencia de casos graves y la protección de la población que tiene alta exposición al virus y la reducción del contagio en la población general, con el propósito de controlar la transmisión, razón por la que se han priorizaron grupos poblacionales con alta afectación o con ocupaciones de alto riesgo de contagio.

Que la evidencia sobre cuáles son las patologías que pueden aumentar la probabilidad de complicar y morir dada la infección por SARS-CoV-2 se está actualizando permanentemente dado que se encuentra en continua evolución y actualización; no obstante, durante los últimos meses se ha avanzado en la revisión de la literatura científica y se realizaron diálogos con diferentes asociaciones y agremiaciones científicas, por lo cual se hace necesario actualizar este listado y priorizar a las personas que presentan estas patologías.

Que las enfermedades autoinmunes reumatológicas son un grupo etiológica y clínicamente heterogéneo, y que con base en la evidencia reciente se puede advertir que las personas con patologías como Artritis Reumatoidea, Lupus Eritematoso Sistémico, Espondilitis Anquilosante y Vasculitis no solo tienen un mayor riesgo de contagio por SARS-CoV-2, sino que también presentan un mayor riesgo de sufrir COVID-19 severo y de presentar desenlaces fatales. Esta evidencia es mucho más concluyente en comparación con la observada, por ahora, con otras patologías autoinmunes.

Que existen colaboradores de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) con funciones en puestos de control aéreo, terrestre, marítimo y fluvial, o adscritos a ellos, que realizan actividades de control de ingreso, traslado y salida de mercancía, quienes presentan una alta exposición al virus debido a que frecuentemente tienen contacto directo con personas y objetos que proceden de diferentes lugares del mundo y pueden adquirir y transmitir las diferentes variantes del SARS-CoV-2, lo que puede resultar en una puerta de entrada de las mencionadas variantes.

Que existe personal de la Unidad Nacional de Protección (UNP) que presta sus servicios en el marco del desarrollo de estrategias de protección ante los riesgos por amenazas y vulnerabilidades tanto a nivel individual como colectivo, que deben tener interacción constante en diferentes espacios y grupos de personas que conllevan a que exista una mayor exposición a enfermar por COVID-19 y transmitir el virus en comparación a la población general.

Que existe personal de la Dirección Nacional de Inteligencia que en el desarrollo de sus funciones de inteligencia estratégica y contrainteligencia tiene interacción constante en diferentes espacios y grupos poblacionales que conllevan a un mayor riesgo de exposición al SARS-CoV-2 en comparación a la población general.

Que los gestores sociales y el personal de las entidades públicas municipales, distritales, departamentales y nacionales que realizan labores de campo relacionadas con la gestión policiva, diálogo social y atención a la población vulnerable como articuladores de las instituciones y programas estatales con la Sociedad Civil, realizan constantemente sus labores en contacto con comunidades, lo que incrementa el riesgo de contagio de COVID-19, por encima de cualquier otro sector de la sociedad.

Que los deportistas y oficiales que participan -o participarán- en competencias deportivas internacionales tienen contacto físico frecuente y estrecho con personas provenientes de todo el mundo, por lo que tienen una mayor exposición al contagio que otros grupos de personas.

Que, con el fin de cumplir sus compromisos ante la comunidad internacional, el Estado colombiano autoriza a delegaciones de personas para que, en atención a su condición de miembros del Gobierno nacional o de grupos u organizaciones civiles, representen al país, siendo probable que en el desarrollo de los eventos tengan contacto con personas procedentes de múltiples países donde pueden existir variantes del SARS-CoV-2.

Que recientemente ha surgido evidencia derivada de ensayos clínicos aleatorizados controlados, que demuestran que algunas vacunas contra el COVID-19 como las de ARN mensajero tienen una alta eficacia y seguridad en niños entre los 12 y 15 años, siendo esta una población de muy bajo riesgo de complicación y muerte por COVID-19, con excepción de aquellos con comorbilidades crónicas.

Que la situación frente al COVID-19 en las gestantes ha sido un tema de especial preocupación desde el principio de la pandemia, no obstante, para ese momento no se reconocía científicamente y con exactitud el alcance de los riesgos de la infección en el embarazo; sin embargo, actualmente la evidencia indica que las mujeres gestantes con diagnóstico de COVID-19 tienen mayor riesgo de morbilidad y mortalidad materna, al igual que un riesgo sustancialmente mayor de complicaciones graves en el embarazo.

Que las investigaciones que se han adelantado al respecto sugieren que la vacuna contra el COVID-19 durante el embarazo es eficaz y segura y, dado el aumento de los riesgos asociados a la COVID-19 durante la gestación, muchas mujeres embarazadas han decidido aceptar la vacunación sobre el supuesto que los beneficios superan los riesgos potenciales.

Que, en el Boletín Epidemiológico de Colombia, correspondiente a la semana epidemiológica 20 de 2021, el Instituto Nacional de Salud (INS) notifica un aumento del 39,6% en la mortalidad materna temprana respecto al 2020, por lo que...

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