Decreto número 703 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del Distrito de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar - 28 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870406182

Decreto número 703 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del Distrito de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51719

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que doctor William Dau Chamat, alcalde distrital de Cartagena de Indias (Bolívar), mediante escrito AMC-OFl-0047948-2021 del 5 de mayo de 2021, dirigido al Registrador Especial del Estado Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil, presentó impedimento para cumplir con las disposiciones sanitarias emitidas por las autoridades nacionales, con ocasión del proceso de recolección de firmas para la revocatoria de su mandato; documento que fue trasladado a la Procuraduría Regional de Bolívar, por los doctores Dairo José Turizo Ballesteros y Harold Wilson Castro Guardo, Registradores Especiales del Estado Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante oficio RECAG-CE-00567 del 6 de mayo de 2021, radicado en la Procuraduría Regional de Bolívar bajo el número E- 2021-249916.

Que mediante auto del 20 de mayo del 2021, proferido por la Procuradora Regional de Bolívar, dentro del radicado número E-2021-249916, aceptó el impedimento manifestado por el señor William Dau Chamat, alcalde distrital de Cartagena de Indias (Bolívar), y ordenó remitir copia de la decisión a la Presidencia de República para que se designe alcalde ad hoc del citado ente territorial, para que desarrolle las funciones que le competen al alcalde distrital, con ocasión de la vigilancia del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del coronavirus Covid-19, en la actividad de recolección. de apoyos adelantada por los comités promotores de las iniciativas de revocatoria de su mandato.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir, si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter...

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