Decreto número 742 de 2021, por medio del cual se modifica el artículo 2.2.22.2.1. del Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, con el fin de incorporar la política de- Compras y Contratación Pública a las políticas de gestión y desempeño institucional - 2 de Julio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870826731

Decreto número 742 de 2021, por medio del cual se modifica el artículo 2.2.22.2.1. del Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, con el fin de incorporar la política de- Compras y Contratación Pública a las políticas de gestión y desempeño institucional

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51723

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el estatuto general de contratación se encuentra previsto en la Ley 80 de 1993, por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y la Ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos, las cuales contienen en forma sistematizada y ordenada, las reglas y principios básicos que deben encaminar la realización y ejecución de todos los contratos que celebre el Estado.

Que las políticas públicas se materializan a través de compras y contratos. De esta forma, el sistema permite cumplir oportunamente las metas y los objetivos de las entidades estatales, con el fin de garantizar resultados satisfactorios en términos de eficacia, eficiencia, economía, publicidad y transparencia.

Que el Decreto-ley 4170 de 2011, por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura, tiene el propósito de brindar herramientas idóneas para que los partícipes de las compras públicas puedan desarrollar sus funciones y apliquen de manera adecuada las normas sobre contratación estatal, asignándole la función de servir como ente rector en la materia.

Que el artículo 2º del mencionado Decreto-ley 4170, estableció como objetivos de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente "desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado".

Que en cumplimiento de sus objetivos misionales, Colombia Compra Eficiente ha fijado los lineamientos que orientan a las entidades públicas en la aplicación de las normas y disposiciones que rigen el sistema de compra pública.

Que el Decreto número 1499 de 2017, por medio del cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función...

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