Decreto número 758 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Gigante, departamento del Huila - 13 de Julio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 871146364

Decreto número 758 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Gigante, departamento del Huila

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51734

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4º de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio FO-MG-DA-130-025 de 19 de abril de 2021, dirigido a la Registraduría Municipal del Estado Civil de Gigante, que a su vez fue trasladado a la Procuraduría Regional del Huila a través del oficio número 049 del 21 del mismo mes y año, el señor César Germán Roa Trujillo, alcalde del municipio de Gigante, departamento del Huila, manifestó su impedimento para garantizar el efectivo control y vigilancia de los protocolos de bioseguridad de los promotores de la revocatoria del mandato en curso en el citado ente territorial, toda vez que, de ejercer tal actividad, podría verse comprometido en su desarrollo y eficacia, por los cuestionamientos en tomo al normal desarrollo de la iniciativa.

Que mediante Auto 0011 de 11 de mayo de 2021, con radicación número IUS: E-2021 -221339, el Procurador Regional del Huila , aceptó el impedimento manifestado por el señor César Germán Roa Trujillo, alcalde del municipio de Gigante, Huila, para ejercer la “vigilancia del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 de los protocolos de bioseguridad de los comités promotores de la revocatoria del mandato que cursa en su contra”, encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que ) Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (..f”, la Gobernación del departamento de Huila, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-045063 del 1º de junio de 2021...

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