Decreto número 894 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Yaguará, departamento del Huila - 10 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 874786532

Decreto número 894 de 2021, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Yaguará, departamento del Huila

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51762

El Presidente de la República en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio ADMON 100-050, Sec. Gral. 110-039 de 20 de enero de 2021, el doctor Juan Carlos Casallas Rivas, alcalde del municipio de Yaguará, departamento del Huila, remitió a la Procuraduría Regional del Huila, copia del auto del 15 de enero 2021, a través del cual se declaró impedido para "conocer del proceso policivo de amparo a la posesión instaurada mediante apoderado por el señor Roberto Falla Montealegre y en contra de los señores Hernando Ramiro y Diego Eduardo Cuenca Cabrera", comoquiera que entre el mandatario y el señor Luis Fernando Casallas Rivas, quien es el apoderado especial del querellante dentro del referido proceso, existe un vínculo de parentesco en segundo grado de consanguinidad, razón por la cual, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 9 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.

Que mediante Auto 0007 de 4 de febrero del 2021, con número de radicación IUS-E-2021- 032061, el Procurador Regional del Huila, aceptó el impedimento manifestado por el doctor Juan Carlos Casallas Rivas, Alcalde municipal de Yaguará, para asumir "la segunda instancia y de tramite al recurso de apelación interpuesto en el proceso policivo de amparo a la posesión instaurado por el señor Roberto Falla Montealegre y en contra de los señores Hernando Ramiro, Diego Eduardo Cuenca Cabrera", encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (...)": mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el PQRSD-045063...

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