Decreto número 978 de 2021, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), y se dictan otras disposiciones en materia salarial - 22 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875205485

Decreto número 978 de 2021, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), y se dictan otras disposiciones en materia salarial

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51774

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los términos establecidos en el Decreto 1072 de 2015, se adelantó en el presente año la negociación del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones sindicales de los empleados públicos.

Que el Gobierno nacional y las centrales y las federaciones sindicales de los empleados públicos acordaron que para el año 2021 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2020 certificado por el DANE, más uno por ciento (1%), el cual debe regir a partir del 1º de enero del presente año.

Que el incremento porcentual del IPC total de 2020 certificado por el DANE fue de uno punto sesenta y uno por ciento (1.61%) y, en consecuencia, los salarios y prestaciones establecidos en el presente decreto se ajustarán en dos punto sesenta y uno por ciento (2.61%) para 2021, retroactivo, a partir del 1º de enero del presente año.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1º Campo de aplicación.

Las disposiciones contenidas en el presente Decreto regirán para los empleados públicos administrativos e Instructores que desempeñan las funciones propias de los diferentes empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

Artículo 2º Asignaciones básicas.

A partir del 1º de enero de 2021, fíjanse las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para las distintas denominaciones de empleos del SENA, Así:

Parágrafo 1º. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleo, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada, grado y nivel.

Parágrafo 2º. Los empleos de médico y odontólogo de medio tiempo, recibirán una asignación básica equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%)...

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