Decreto número 4720 de 2008, por el cual se modifica el Decreto 4825 de 14 de diciembre de 2007. - 16 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50252786

Decreto número 4720 de 2008, por el cual se modifica el Decreto 4825 de 14 de diciembre de 2007.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín47205

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el Articulo 189, numeral 2° de la Constitucion Politica, la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO:

Que mediante Nota DM/OJNS No. 13508 del 18 de abril de 2001, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia expreso al Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador la decision del Gobierno Colombiano, de facilitar el ingreso y permanencia de los nacionales ecuatorianos a Colombia mediante expedicion de una Visa de Cortesia, teniendo en cuenta los vinculos historicos, de amistad y cooperacion entre los dos paises;

Que mediante Nota No. 45215 GM/DGDFA de fecha 23 de mayo de 2001 el Ministro de Relaciones Exteriores de Ecuador, al hacer alusion a la Nota DM/OJNS No. 13508 del 18 de de 2001 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, expreso que es aceptable para su gobierno la propuesta de facilitar el ingreso y permanencia de los nacionales ecuatorianos a Colombia mediante la concesion especial de una Visa de Cortesia;

Que en cumplimiento de lo anterior, se expidio el Decreto 342 de 28 de febrero de 2002, mediante el cual se establecio que el ecuatoriano que solicite la expedicion de una Visa de Cortesia debera cumplir con los requisitos indicados en el Decreto 2107 de 2001 y dichas visas no causaran derechos consulares, ni impuesto de timbre, ni implican el otorgamiento de privilegios ni de inmunidades;

Que el Decreto 4000 de 30 de noviembre de 2004 derogo el Decreto 2107 de 2001, con las salvedades y excepciones indicadas en el articulo 125 del mismo;

Que el Decreto 164 de 31 de enero de 2005 en sus articulos y modifico el Decreto 342 de 28 de febrero de 2002, en el sentido que las menciones al Decreto 2107 de 2001 debian entenderse referidas al Decreto 4000 de 2004;

Que la vigencia del Decreto 342 de 2002 es transitoria;

Que los Decretos 824 de 18 de marzo de 2005, 2039 de 17 de junio de 2005, 3307 de 19 de septiembre de 2005, 4658 de 19 de diciembre de 2005, 2000 de 15 de junio de 2006, 4484 de 15 de diciembre de 2006, 2244 de 15 de junio de 2007, y 4825 de 14 de diciembre de 2007 vence...

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