Decreto número 2050 de 2012, por el cual se dictan normas en materia de viáticos - 3 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401206682

Decreto número 2050 de 2012, por el cual se dictan normas en materia de viáticos

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48572

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónase el artículo 1º del Decreto 1345 de 2012 con el siguiente inciso:

El Ministro y los Viceministros del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando deban cumplir comisiones de servicio en el exterior, tendrán derecho por concepto de viáticos diarios hasta la suma de setecientos dólares americanos (USD$ 700) y seiscientos cincuenta dólares americanos (USD$ 650), respectivamente.

Artículo 2º El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir de la publicación del Decreto 1345 de 2012, y deroga el artículo 7º del Decreto 3357 de 2009.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR