Decreto número 2687 de 2012, por el cual se reglamenta el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 - 21 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412779754

Decreto número 2687 de 2012, por el cual se reglamenta el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48651

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 154 de la Ley 100 de 1993 y,

Que el artículo 217 de la Ley 100 de 1993 dispone que las Cajas de Compensación Familiar destinarán un porcentaje de los recursos del subsidio familiar que administran para financiar el régimen de subsidios en salud.

Que según el artículo 221 de la Ley 100 de 1993, la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, se financia entre otros, con el monto que las Cajas de Compensación Familiar destinen a los subsidios de salud, de conformidad con el artículo 217 ibídem.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 050 de 2003, los recursos correspondientes al recaudo del subsidio familiar destinados al Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud que no sean administrados directamente por las Cajas de Compensación Familiar, deberán ser girados a la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.

Que el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 señala que, sin perjuicio de los recursos de que trata el artículo 217 de la Ley 100 de 1993, se destinará un cuarto (1/4) de punto porcentual de la contribución parafiscal establecida en el numeral 1 de los artículos 11 y 12 de la Ley 21 de 1982, a favor de las Cajas de Compensación Familiar, a atender acciones de promoción y prevención dentro del marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud y/o en la unificación de los Planes de Beneficios, de forma concertada entre el Gobierno Nacional y las Cajas de Compensación Familiar, conforme a la reglamentación que para tal efecto se expida.

Que la Comisión de Regulación en Salud (CRES) mediante Acuerdos 29 de 2011 y 32 de 2012, efectuó la unificación de los Planes Obligatorios de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado.

Que en tal sentido, se hace necesario reglamentar el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011, de forma tal que con los recursos a que...

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