Decreto Provisional No. nº 1720046265 de Alcaldía de Medellín, 2023 - Proyectos Normativos de la Alcaldía de Medellín - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 943180588

Decreto Provisional No. nº 1720046265 de Alcaldía de Medellín, 2023

Fecha de publicación15 Septiembre 2023
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MEMORIA JUSTIFICATIVA
Proyecto de Decreto Distrital Radicado Provisional Nro. 1720046265 de 2022
Dependencia que desarrollará el
proyecto de Norma
Secretaría de la No-Violencia
Título del Proyecto de Decreto o
Resolución:
Por medio del cual se dictan lineamientos y garantías
para el ejercicio de la protesta y la movilización social
pacífica en Medellín
1. Antecedentes y razones de
oportunidad y conveniencia que
justifican su expedición.
ANTECEDENTES:
En el año 2019 se inició una fuerte oleada de protestas
en contra del Gobierno nacional, situación que se agravó
en el año 2020 en atención a la problemática social y
económica generada a partir de la pandemia COVID-19.
Así, con la declaratoria de em ergencia sanitaria en todo
el territorio nacional mediante la Resolución 385 del 12
de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección
Social, se gestó un fuerte movimiento de protestas y
movilizaciones ciudadanas, que conllevaron en algunos
casos a afectaciones del orden público en distintas
ciudades del país, entre estas, Medellín.
En razón a lo anterior, la Corte Suprema de Justicia
(Sala de Casación Civil. Sentencia de tutela de segunda
instancia STC7641 del 22 de septiembre de 2020.
Radicado 11001-22-03-000-2019-02527-02. El M.P.
Luis Armando Tolosa Villabona), realizó un importante
análisis del derecho a la protesta pacífica y la situación
de su ejercicio en el contexto nacional e impartió órdenes
al Gobierno nacional para reestructurar directrices sobre
el uso de la fuerza frente a manifestaciones sociales no
violentas.
En cumplimiento de dicha sentencia, la Presidencia de
la República de Colombia m ediante el Decreto 003 del
05 de enero de 2021, expidió el protocolo de acciones
preventivas, concomitantes y posteriores, denominado
"ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN
DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y
PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA
PACÍFICA CIUDADANA".
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OPORTUNIDAD:
Teniendo en cuenta las distintas disposiciones de la Ley
1801 de 2016, “Por la cual se expide el Código Nacional
de Seguridad y Convivencia Ciudadana”, especialmente
el artículo 204 que establece que al alcalde como
primera autoridad de policía del Distrito: “le corresponde
garantizar la convivencia y la seguridad en su
jurisdicción”; y que el Acuerdo Final para la Terminación
del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y
Duradera, firmado el 24 de noviembre de 2016, reconoce
que la movilización y la protesta pacífica “enriquece la
inclusión política y forja una ciudadanía crítica, dispuesta
al diálogo social y a la construcción colectiva de Nación”,
al tiempo que advierte que en “un escenario de fin del
conflicto se deben garantizar diferentes espacios para
canalizar las demandas ciudadanas, incluyendo
garantías plenas para la movilización, la protesta y la
convivencia pacífica”, y en el numeral 2.2.2. -Garantías
para la movilización y la protesta pacífica-, establece que
se deberán fortalecer y ampliar: las instancias de
participación ciudadana para la interlocución y la
construcción de agendas de trabajo locales,
municipales, departamentales y nacionales, según el
caso, que permitan la atención temprana de las
peticiones y propuestas de los diferentes sectores y
organizaciones sociales”, la Administración distrital de
Medellín instaló una mesa de diálogo con distintos
actores sociales.
Atendiendo las dinámicas propias de nuestro territorio, el
mandato que se expresa en el Decreto 003 de 2021 y la
necesidad de algunos colectivos so bre la seguridad
jurídica para con la protección de sus derechos
involucrados en el ejercicio propio de las m ovilizaciones
y protestas pacíficas. El 10 de septiembre de 2020, se
instaló la Mesa de diálogo y garantías para la
prevención de la violencia y el ejercicio pacífico de la
protesta y la movilización social en Medellín, en donde
participaron las organizaciones de la sociedad civil, la
Organización de las Naciones Unidas ONU-, la Policía
Nacional y el Ministerio Público. De dichos encuentros
nace la redacción del acto administrativo que establece
los lineamientos y garantías para el ejercicio de la
protesta y la movilización social pacífica en Medellín,
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teniendo en cuenta el marco normativo dictado por el
Decreto 003 de 2021.
Si bien el proceso fue liderado por la Secretaría de la No-
Violencia, se contó con la participación de las
Secretarías de Inclusión Social, Familia y Derechos
Humanos, Salud, Gobierno y Gestión del Gabinete,
Juventud, Mujeres, Seguridad y Convivencia y
Participación Ciudadana, así como de distintas
organizaciones y/o plataformas de derechos humanos
de la sociedad civil; quienes hicieron valiosos aportes,
recomendaciones y sugerencias que permitieron diseñar
estos lineam ientos en busca de establecer el
funcionamiento de las instancias del Puesto de Mando
Unificado PMU, Mesa de Coordinación , las Com isiones
de Verificación de la Sociedad Civil, y de los equipos de
gestores de convivencia del Distrito
Para el efecto, se realizaron sesiones los días 10 de
septiembre de 2020, 24 de septiembre de 2020, 8 de
octubre de 2020, 22 de octubre de 2020, 4 de noviembre
de 2020, 13 de noviembre de 2020, 3 de diciembre de
2020, 14 de diciembre de 2020, 17 de diciembre de
2020, 15 de febrero de 2021, 8 de abril de 2021, 15 de
junio de 2021, 14 de julio de 2021, 22 de julio de 2021,
05 de agosto de 2021 y el 03 de febrero de 2022
CONVENIENCIA:
El acto administrativo construido a partir del trabajo
articulado entre entidades públicas y sociedad civil
permitirá desarrollar acciones para la defensa integral de
los derechos humanos y la implementación del acuerdo
de paz, especialmente en lo atinente a garantizar
espacios para canalizar las demandas ciudadanas,
incluyendo garantías plenas para la movilización, la
protesta y la convivencia pacífica. Además como
respuesta a las garantías en materia administrativa en el
funcionamiento de las instancias de Puesto de Mando
Unificado PMU, Mesa de Coordinación , las Com isiones
de Verificación de la Sociedad Civil, y de los equipos de
gestores de convivencia del Distrito; que los ciudadanos
solicitan enmarcar en un lineamiento distrital de
Medellín.
2. Normas expresas que otorgan
la competencia para la expedición
Artículo 315 numerales 2, 3 y 10 de la Constitución
Política:

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