DECRETO 190 RD 4646 - 3 de Mayo de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438364822

DECRETO 190 RD 4646

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4646 3 MAYO 2011
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4646 • pP. 1-7 • 2011 • MAYO 3
de Gobierno, Planeación, Movilidad, y el Departamento
Administrativo de la Defensoría del Espacio Público,
y demás entidades del Distrito que en sus competen-
cias tengan la obligación de proteger el paisaje y el
espacio público.
ARTÍCULO 10º. Se deberán establecer por cada
una de las entidades competentes, los mecanismos
de carácter nanciero que se requieran para la im-
plementación de los lineamientos consignados en el
presente decreto.
ARTÍCULO 11º. Vigencia y Derogatoria. El presente
Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes
de mayo de dos mil once (2011).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE
Secretario Distrital de Ambiente
Decreto Número 190
(Mayo 2 de 2011)
“Por el cual se precisa la delimitación del Do-
tacional Centro Educativo “La Giralda”, ubicado
en la Avenida Calle 1 No.3-58, de la Unidad de
Planeamiento Zonal (UPZ) No. 95, LAS CRUCES,
adoptada mediante el Decreto Distrital 492 de
2007 y otras disposiciones.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial de
las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993 y por el artículo 426
del Decreto Distrital 190 de 2004 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 492 de 2007 se
adoptó la reglamentación para la Operación Estraté-
gica del Centro de Bogotá, el Plan Zonal del Centro
–PZCB- y las Fichas Normativas para las Unidades de
Planeamiento Zonal –UPZ- 91, Sagrado Corazón; 92
La Macarena; 93 Las Nieves; 94, La Candelaria; 95
Las Cruces y 101 Teusaquillo, según las disposiciones
establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial.
Que el dotacional Centro Educativo “La Giralda” se
encuentra ubicado en el sector 1, subsector de usos
I y subsector de edicabilidad A de la UPZ 95, LAS
CRUCES, Sector Cruces, con tratamiento de conser-
vación modalidad sector de interés cultural.
Que el predio con nomenclatura Carrera 3 No. 0-31
hace parte del predio identicado como dotacional
Centro Educativo “La Giralda”, de conformidad con
lo establecido en la cartografía anexa de la UPZ 95
LAS CRUCES.
Que el dotacional Centro Educativo “La Giralda” loca-
lizado en la Avenida Calle 1 No. 3-58, está aprobado
mediante plano urbanístico CU2 SF 3/4-01 de la Cu-
raduría Urbana No. 2 con Resolución CU2 2000-088
del 3 de mayo de 2000, en el cual se puede establecer
que el predio con nomenclatura Carrera 3 No. 0-31,
no forma parte del dotacional Centro Educativo “La
Giralda”.
Que con el n de precisar la delimitación del dotacional
Centro Educativo “La Giralda”, ubicado en la Avenida
Calle 1 No.3-58, de la Unidad de Planeamiento Zonal
(UPZ) No. 95, LAS CRUCES y luego de la evaluación
realizada por la Secretaría Distrital de Planeación, se
publicó la propuesta de decreto para realizar dicho
ajuste. Esta información estuvo disponible en la página
web de la entidad (www.sdp.gov.co) a partir del 4 de
octubre hasta el 11 del mismo mes y no se recibieron
observaciones de la comunidad o de los interesados
frente a la propuesta de modicación de la UPZ 95 –
Las Cruces.
Que en virtud de lo anterior, se hace necesario mo-
dicar la delimitación del dotacional Centro Educativo
“La Giralda” en la Plancha No. 1 sobre “Estructura
Básica”, en la Plancha No. 2 sobre “Usos Permiti-
dos”, en la Plancha No. 3 sobre “Edicabilidad”, y en
la Plancha No. 4 sobre “Conservación” de la Unidad
de Planeación Zonal No. 95, LAS CRUCES, con el
n de excluir de su condición de dotacional el predio
localizado en la Carrera 3 No. 0-31, identicado con
el folio de matrícula inmobiliaria No. 50C-1494698 y
cédula catastral 00320233580000000.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Modicar la delimitación del dotacional
Centro Educativo “La Giralda”, ubicado en la Avenida
Calle 1 No. 3-58, excluyendo el predio identicado con
nomenclatura urbana Carrera 3 No. 0-31, con folio
de matrícula inmobiliaria No. 50C-1494698 y cédula
catastral 00320233580000000, de la delimitación
como dotacional en las Planchas 2 y 3 de la Unidad
de Planeamiento Zonal No. 95, LAS CRUCES, el cual
hará parte del sector Normativo No. 1, Subsector de

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