DECRETO 572 RD 4795 - 19 de Diciembre de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438365618

DECRETO 572 RD 4795

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4795 19 DICIEMBRE 2011
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4795 • pP. 1-10 • 2011 • DICIEMBRE 19
10
“Ciudad de Bogotá” en el grado de La Gran Cruz, al
Mayor General Rafael Parra Garzón, Subdirector
General de la Policía Nacional.
Que el Mayor General Parra Garzón se ha destacado
en la ejecución de políticas efectivas en la lucha contra
la delincuencia, como Subdirector General de la Policía
Nacional, contribuyendo a mejorar las condiciones
de vida de las personas que habitan o transitan en
la ciudad.
Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley
1421 de 1993, la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.,
hace un especial reconocimiento al Mayor General
Rafael Parra Garzón, Subdirector General de la Po-
licía Nacional.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase la Orden Civil al Mérito “Ciu-
dad de Bogotá”, en el Grado de La Gran Cruz, al
Mayor General Rafael Parra Garzón, por su destacada
labor y desempeño ejemplar como Subdirector General
de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 2º.- En ceremonia especial la Alcaldesa
Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condeco-
ración y copia del decreto en nota de estilo.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del
mes de diciembre de dos mil once (2011).
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Alcaldesa Mayor Designada – Gran Maestre
MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN
Secretaria Distrital de Gobierno - Gran Canciller
(Diciembre 14 de 2011)
“Por medio del cual se otorga la Orden Civil al
Mérito “Ciudad de Bogotá”, en el grado de La
Gran Cruz, al Brigadier General SANTIAGO
PARRA RUBIANO, Director de Carabineros y
Seguridad Rural, de la Policía Nacional.”.
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. (D.)
En ejercicio de sus facultades legales, en especial
las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley
1421 de 1993 y el artículo 19 del Decreto 693 de
1971, y,
CONSIDERANDO:
Que con el propósito de honrar a Ministros, Goberna-
dores, Cardenales, Embajadores y altos ociales de
las Fuerzas Armadas, así como a nacionales y extran-
jeros cuya categoría equivalga a las antes citadas, el
Gobierno Distrital mediante el Decreto 693 de 1971,
creó la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá”, en
el grado de La Gran Cruz.
Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito “Ciudad de
Bogotá”, de conformidad con el artículo 7° del Decreto
693 de 1971, aprobó otorgar la Orden Civil al Mérito
“Ciudad de Bogotá” en el grado de La Gran Cruz, al
Brigadier General Santiago Parra Rubiano, Director de
Carabineros y Seguridad Rural, de la Policía Nacional.
Que el Brigadier General Parra Rubiano se ha des-
tacado por su dinamismo, cumplimiento y liderazgo
en el direccionamiento de la seguridad de la Policía
Metropolitana de Bogotá, aprovechando la versatilidad
del servicio a caballo, creando y liderando programas
de vigilancia comunitaria (frentes de seguridad rural,
escuelas de seguridad ciudadana, red de apoyo, red
de cooperantes y carabineritos), propendiendo en la
conservación de los recursos naturales e hídricos no
renovables (ora y fauna) en parques naturales, reser-
vas forestales y humedales, en coordinación con las
autoridades ambientales, apoyo a la seguridad y con-
trol de espectáculos de gran magnitud y disuasión de
disturbios. Asimismo, prestó un apoyo valioso durante
las actividades desplegadas en la Ciudad con ocasión
del Mundial Sub 20.
Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley
1421 de 1993, la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.,
hace un especial reconocimiento al Brigadier General
Santiago Parra Rubiano, Director de Carabineros y
Seguridad Rural.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase la Orden Civil al Mérito “Ciu-
dad de Bogotá”, en el Grado de La Gran Cruz, al
Brigadier General Santiago Parra Rubiano, por su ex-
celente labor y desempeño ejemplar en la Dirección de
Carabineros y Seguridad Rural, de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 2º.- En ceremonia especial la Alcaldesa
Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condeco-
ración y copia del Decreto en nota de estilo.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.

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