DECRETO 096 RD 4389
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4389 9 MARZO 2010 |
Emisor | Alcaldia Mayor |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4389 • pP. 1-8 • 2010 • MARZO • 9
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9.4. Áreas Plan Director. De acuerdo con
la Escritura Pública No. 3543 del 14 de
diciembre de 2006, otorgada en la Nota-
ría 61 del Círculo de Bogotá, el Instituto
Distrital para la Recreación y el Deporte-
IDRD adquirió el predio denominado Ser-
vitá cuya cabida es de 23.146,54 m2.
Adicionalmente, en el polígono del Plan Di-
rector se contempla el andén sobre la Calle
165, cuya área equivale a 1.240,15 m2.
9.5. Accesos, cerramientos y controles. El ac-
ceso principal se ubica sobre la alameda
de la Calle 165, en una de las esquinas
del parque donde se ubica una plazoleta
de acceso. Así mismo, cuenta con ac-
ceso secundario por el costado oriental
que vincula y articula los equipamientos
colectivos que hacen parte del Centro
Comunitario Servita.
9.6. Arborización. Las especies propuestas
para la plantación y el manejo de la ve-
getación existente cumplen con el diseño
paisajístico del plano que hace parte del
Plan Director, así como con los lineamien-
tos y especicaciones que determina el
Jardín Botánico José Celestino Mutis y la
Secretaria Distrital de Ambiente.
La ubicación de la arborización propuesta
se plantea en tres bolillos en la circulación
interna y mediante un eje lineal con radi-
culares sobre el andén arborizado de la
Calle 165. Las zonas verdes se proponen
dentro del sistema de plazoletas y en
las zonas duras cercanas a los campos
deportivos.
9.7. Volumetría de las construcciones. El
parque no presenta volumetrías, sin em-
bargo limita con el Centro Comunitario de
Servitá que maneja alturas entre 10 mt. y
13 mt.
ARTÍCULO 10º. Proyectos. Todo proyecto que se
vaya a adelantar en el Parque Zonal Servitá deberá
desarrollarse de acuerdo con las características y
localizaciones descritas en el presente Decreto y su
Plano anexo.
ARTÍCULO 11º. Actualización de planos urbanís-
ticos. La Dirección de Información, Cartografía y
Estadística de la Secretaría Distrital de Planeación,
efectuará las modicaciones y anotaciones a que haya
lugar en los planos urbanísticos colindantes con el
Parque, según lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 12º. Ámbito de aplicación. El presente
Decreto no ampara los cerramientos y/o construccio-
nes que no estén señalados en el Plan Director del
Parque Zonal Servitá, delimitado en el Plano que forma
parte integral del mismo, y tiene efectos únicamente
sobre los predios de propiedad del Distrito Capital.
ARTÍCULO 13º. Vigencia y derogatorias. El presente
Decreto rige desde su publicación en el Registro Distri-
tal y deberá ser publicado en la Gaceta de Urbanismo
y Construcción de Obra, conforme a lo dispuesto por el
artículo 462 del Decreto Distrital 190 de 2004.
PUBLÍQUESE Y CUMPLÀSE.
Dado en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes
de marzo de dos mil diez (2010).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
MARÍA CAMILA URIBE SÁNCHEZ
Secretaria Distrital de Planeación
(Marzo 8 de 2010)
“Por el cual se efectúa una delegación y se es-
tablece el procedimiento para la determinación
y pago de la tasa contributiva por estraticación
en el Distrito Capital”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus facultades legales y en es-
pecial de las conferidas por los artículos 38, 39,
40 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo
9 de la Ley 489 de 1998 y los artículo 2, 4 y 5 del
Decreto Nacional 0007 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 40 del Decreto Ley
1421 de 1993 “El Alcalde Mayor podrá delegar las
funciones que le asigne la Ley y los Acuerdos en los
Secretarios de Despacho, Directores de Departamento
Administrativo, Gerentes o Directores de entidades
descentralizadas, en los funcionarios de la Adminis-
tración Tributaria, y en las Juntas Administradoras y
los Alcaldes Locales”.
de 1998, las autoridades administrativas, en virtud
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