DECRETO 459 RD 4303 - 19 de Octubre de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445775146

DECRETO 459 RD 4303

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4303 19 OCTUBRE 2009
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4303 • pP. 1-4 • 2009 • OCTUBRE 19
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se elabore, de conformidad con lo previsto en el
Artículo 5 del Acuerdo 370 de 2009.
PARÁGRAFO 1. Para el desempeño de su función,
la Secretaría Técnica tendrá soporte técnico en la
Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Se-
guridad Ciudadana.
PARÁGRAFO 2. Los miembros del Comité Distrital
de Atención a las Víctimas tendrán voz y voto en las
deliberaciones que sostengan. Los invitados tendrán
voz, pero no voto.
PARÁGRAFO 3. A las sesiones del Comité Distrital
de Atención a las Víctimas de que trata el presente
Decreto, se podrá convocar como invitados especiales
con derecho a voz, pero sin voto, a personas o repre-
sentantes de organismos nacionales e internacionales
que, por su conocimiento y experiencia en este tipo de
actividades, puedan contribuir con sus aportes para
alcanzar sus objetivos.
ARTÍCULO SEXTO.- La Secretaría Distrital de Gobier-
no determinará el mecanismo para la elección de los
representantes de las víctimas en el Comité, el cual
no podrá iniciar su funcionamiento sin el cumplimiento
de este requisito.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- El presente Decreto rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las dis-
posiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días
del mes de octubre de dos mil nueve (2009).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Secretaria Distrital de Gobierno
Decreto Número 459
(Octubre 16 de 2009)
“Por el cual se modica parcialmente la estruc-
tura organizacional del Departamento Adminis-
trativo del Servicio Civil Distrital y se dictan otras
disposiciones”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las previstas en el numeral
9º del artículo 38, y el numeral 2° del artículo 55
del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 47 del Acuerdo Distrital 257 de 2006
establece que el Sector Gestión Pública, está integra-
do por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D. C., cabeza del Sector, y el Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, el
cual dará soporte técnico al mismo.
Que el artículo 24 del mencionado Acuerdo determinó
que los departamentos administrativos son organismos
del Distrito Capital, con autonomía administrativa y
nanciera, que bajo la dirección de la respectiva direc-
tora o director, tienen como objetivo primordial soportar
técnicamente la formulación de políticas, planes gene-
rales, programas y proyectos distritales.
Que es necesario dar alcance a las directrices de
la Administración Distrital en cuanto al papel de las
dependencias jurídicas que realizan labores de natu-
raleza misional, en cuanto se requiere la creación de
la Subdirección Jurídica, en reemplazo de la Ocina
Asesora Jurídica.
Que mediante ocio DIR – 445 del 18 de septiembre de
2009, el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital -DASCD-, emitió concepto técnico favorable
para la modicación de la estructura organizacional
del mismo.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Modicación de la estructura orga-
nizacional. Modifícase el artículo 3º del Decreto 076
de 2007, el cual quedará así:
“Artículo 3º. Estructura organizacional. Para el de-
sarrollo de su objeto, el Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital tendrá la siguiente estructura
organizacional:
1. DIRECCIÓN
2. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA
3. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA
Y DE CONTROL DISCIPLINARIO
4. SUBDIRECCIÓN JURÍDICA
ARTÍCULO 2º. Subdirección Jurídica. Son funciones
de la Subdirección Jurídica las siguientes:
a. Dirigir y resolver los asun tos jurídicos
propios del objeto y las funciones del

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