DECRETO 043 RD 4153
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4153 13 FEBRERO 2009 |
Emisor | Alcaldia Mayor |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4153 • pP. 1-1 • 2009 • FEBRERO • 13
DECRETO DE 2009
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 43
Número 4153
2009
• FEBRERO • 13
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 043
(Febrero 12 de 2009)
“Por el cual se adoptan medidas para la preven-
ción y mitigación de situaciones que puedan
ocasionar riesgo público en la Urbanización
Buena Vista Oriental III Etapa y se dictan otras
disposiciones”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el artículo
38 numerales 1 y 6 del Decreto Ley 1421 de 1993,
y,
CONSIDERANDO:
Que Colombia como Estado Social de Derecho, tiene
entre sus fi nes servir a la comunidad, promover la
prosperidad general y garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes consagrados en la
Constitución Política, en virtud de lo cual las autorida-
des públicas están instituidas para proteger a todas las
personas en su vida, honra, bienes y demás derechos
y libertades.
Que el Estado debe proteger a la Familia como núcleo
esencial de la sociedad y garantizar la primacía de
los derechos de los niños y que a su vez, protegerá
especialmente a aquellas personas que por su con-
dición económica, física y mental se encuentran en
circunstancias de debilidad manifi esta.
Que el Decreto Extraordinario 919 de 1989 organizó
el Sistema Nacional para la Prevención y Atención
de Desastres y otorgó competencias a las entidades
territoriales para adoptar un régimen propio sobre
situaciones de desastre o calamidad en sus propios
territorios.
Que el Decreto Ley 1421 de 1993 – Estatuto Orgá-
nico de Bogotá, establece en sus artículos 35 y 38
numerales 1 y 6, como atribuciones del Alcalde Mayor,
como primera autoridad de policía en la ciudad, dictar,
de conformidad con la Ley y el Código de Policía del
Distrito, los reglamentos, impartir las órdenes, adoptar
las medidas, utilizar los medios de policía necesarios
para garantizar la seguridad ciudadana y la protección
de los derechos y libertades públicas, así como hacer
cumplir la Constitución, la ley, los decretos del Gobier-
no Nacional y los Acuerdos del Concejo y distribuir los
negocios según su naturaleza entre las secretarías,
los departamentos administrativos y las entidades
descentralizadas.
Que el Decreto Distrital 230 de 2003 asignó funciones
para la ejecución del programa de reasentamiento de
familias localizadas en zonas de alto riesgo no mitiga-
ble en Bogotá, Distrito Capital.
Que no obstante lo anterior, el mencionado Decreto
Distrital 230 de 2003, contempló únicamente las fun-
ciones y acciones de la Administración Distrital para
los casos de prevención y mitigación de riesgos en
situaciones de alto riesgo no mitigable, dejando por
fuera situaciones específi cas y particulares en las
que a pesar de que el riesgo es alto e inminente no
se cuenta con los estudios que permitan determinar
su condición de mitigable.
Que de conformidad con los conceptos emitidos por
la Dirección de Prevención y Atención de Emergen-
cias - DPAE, en la Urbanización Buena Vista Oriental
III Etapa ubicada en la localidad de San Cristóbal,
se presentan problemáticas referentes a avances
en el proceso de inestabilidad del terreno así como
problemas de avances progresivos en el proceso de
remoción en masa en la referida Urbanización, y que
han sido registrados en los Diagnósticos Técnicos
Nos. DI-2581, DI-3882, DI-3944, DI-3991 y DI-3996
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