DECRETO 172 RD 4200 - 5 de Mayo de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445775930

DECRETO 172 RD 4200

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4200 5 MAYO 2009
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4200 • pP. 1-1 • 2009 • MAYO 5
DECRETOS DE 2009
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 43
Número 4200
2009
MAYO 5
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 172
(Mayo 4 de 2009)
“Por el cual se ordena la integración al Sistema
de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ-
de los organismos Distritales que ejercen las
funciones de registro, inspección, vigilancia y
control a las entidades sin ánimo de lucro domi-
ciliadas en Bogotá, D.C.”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los nume-
rales 1°, 3° y 4° del artículo 38 del Decreto Ley
1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., implementó el Sistema de Información
de Personas Jurídicas -SIPEJ- como una herramienta
tecnológica para el registro, inspección, vigilancia y
control de las personas jurídicas sin ánimo de lucro
domiciliadas en Bogotá, D.C.
Que uno de los objetivos estructurantes del Plan de
Desarrollo Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor”, consiste
en promover una gestión integral, efectiva y transpa-
rente, al servicio de la comunidad, a través de sistemas
de información modernos, cuyo objetivo sea garantizar
oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la
gestión pública y “acercar el gobierno a la gente”.
Que entre las metas del programa “Gerencia Jurídica
Pública Integral” está la de integrar seis (6) entidades
distritales al Sistema de Información de Personas
Jurídicas - SIPEJ-.
Que los organismos de la Administración que de forma
transversal registran, inspeccionan, vigilan y controlan
a entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en la ciudad
de Bogotá, D.C., son: la Secretaría de Educación del
Distrito; la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y
Deporte; la Secretaría Distrital de Salud; la Secretaría
Distrital de Ambiente; la Secretaría Distrital del Hábitat,
y la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que para la integración de los citados organismos al
SIPEJ es necesario que los respectivos Secretarios de
Despacho realicen los traslados presupuestales dirigi-
dos al fortalecimiento de las dependencias encargadas
de registro, inspección, vigilancia y control a las entida-
des sin ánimo de lucro, y dispongan el recurso humano
y logístico necesario para obtener una información uni-
cada, oportuna y con able al servicio de la ciudadanía
y de las entidades bajo su inspección y vigilancia.
Que corresponde a la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor, a través de la Subdirección de Personas Jurídi-
cas de la Dirección Jurídica Distrital, coordinar e imple-
mentar las actividades requeridas para el cumplimiento
de la meta contenida en el Plan de Desarrollo.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Ordenar a la Secretaría de Educación
del Distrito y a las Secretarías Distritales de Cultura,
Recreación y Deporte; de Integración Social; de Sa-
lud; de Ambiente, y del Hábitat integrarse al Sistema
de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ-, con la
información de las entidades sin ánimo de lucro sobre
las cuales ejercen inspección, vigilancia y control.
ARTÍCULO 2°.- Los Secretarios de Despacho de los
organismos distritales indicados en el artículo anterior,
deberán disponer los medios necesarios y realizar y
ejecutar las acciones requeridas a n de lograr el ma-
nejo uni cado de la información de las entidades sin
ánimo de lucro, en el SIPEJ.

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