DECRETO 139 RD 3738 - 11 de Abril de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445783258

DECRETO 139 RD 3738

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3738 11 ABRIL 2007
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3738 • pP. 1-1 • 2007 • ABRIL 11 1
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 41
Número 3738
2007 ABRIL 11
DECRETO DE 2007
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 139
(Abril 11 de 2007)
«Por medio del cual se ordena la suspensión de
los términos legales de las investigaciones o
actuaciones administrativas en la Secretaría
Distrital de Hábitat y se dictan otras
disposiciones».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artícu-
los 35, 38, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el
Acuerdo 257 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que a través de Decreto No. 029 de enero 24 de 2007
se asignó al Secretario de Despacho de la Secretaría
Distrital de Hábitat de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
la competencia para resolver los recursos de apelación
y la revocatorias directas interpuestas en contra de los
actos administrativos proferidos por el Subdirector de
Control de Vivienda del DAMA, hoy Secretaría Distrital
de Ambiente, que estuvieran pendientes de ser resuel-
tos por parte del Director del Departamento Técnico
Administrativo del Medio Ambiente, hoy Despacho de
la Secretaría Distrital de Ambiente.
Que en dicho Decreto se dispuso, en el parágrafo del
artículo 2°, «la suspensión de los términos legales de
las investigaciones o actuaciones administrativas de-
rivadas de la inspección, vigilancia y control de las
personas naturales y jurídicas dedicadas a la enajena-
ción y arrendamiento de inmuebles destinados a vi-
vienda o a planes y programas de vivienda realizados
por el sistema de auto construcción y de las activida-
des de enajenación de las soluciones de vivienda» hasta
el viernes 2 de febrero de 2007.
Que no obstante las acciones conjuntas de la Secreta-
ría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital del
Hábitat para efectos del traslado de las competencias
asignadas a esta última y debido a las dificultades de
orden operativo y presupuestal que se han presentado
en la asunción de estas nuevas responsabilidades, no
ha sido posible evacuar la totalidad de recursos de
apelación o revocatorias directas dentro del plazo ori-
ginalmente otorgado.
Que en mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenase la suspensión de los
términos legales de las investigaciones o actuaciones
administrativas relativas al ejercicio de sus facultades
de inspección, vigilancia y control de las actividades
de enajenación y arrendamiento de inmuebles destina-
dos para vivienda o planes y programas de vivienda
realizados por el sistema de autoconstrucción y de las
actividades de enajenación de las soluciones de vi-
vienda, por el término de 2 meses, contados a partir
de la publicación del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los once (11) días del
mes de abril de dos mil siete (2007).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor
EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ
Secretaria Distrital del Hábitat

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