DECRETO 598 RD 3902 - 28 de Diciembre de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445783786

DECRETO 598 RD 3902

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3902 28 DICIEMBRE 2007
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3902 • pP. 1-1 • 2007 • DICIEMBRE 28
DECRETOS DE 2007
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 42
Número 3902
2007 DICIEMBRE 28
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Diciembre 28 de 2007)
Por el cual se modifica el Decreto Distrital 1018
de 1998 que adoptó el “Plan Maestro de la Zona
Verde Metropolitana del Parque El Tunal”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial de las que le confieren el numeral 4 del
artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el
parágrafo 2 del artículo 252 del Decreto Distrital
190 de 2004,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 1018 de 1998, el Al-
calde Mayor de Bogotá, D.C., adoptó el Plan Maestro
de la Zona Verde Metropolitana del Parque “El Tunal”.
Que mediante Decreto Distrital 693 de 1999 se modifi-
caron el artículo 1°, el articulo 2 Nos. 2.2, 2.3 y 2.8 y
el articulo 4 del Decreto 1018 de 1998 y se reemplazo
el plano que corresponde al citado Plan Maestro.
Que el Decreto 693 de 1999 fue adicionado por el De-
creto 197 de 2000 que a su vez fue modificado por el
Decreto 250 de 2000. Tácitamente derogados por El
Plan de Ordenamiento Territorial-POT.
Que el Decreto Distrital 190 de 2004, “Por medio del
cual se compilan las disposiciones contenidas en los
Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003”, en su
artículo 43 contempla, entre otros instrumentos de
planeamiento urbanístico, los planes directores para
parques.
Que el artículo 243 del Decreto Distrital 190 de 2004
señala que los parques distritales se clasifican en par-
ques de escala regional, metropolitana, zonal, vecinal
y de bolsillo. De igual manera, el parágrafo 2º del cita-
do artículo dispone que la preservación, manejo, inter-
vención y uso de los parques de escala regional, me-
tropolitana y zonal sean determinados por los planes
directores.
Que el artículo 244 del Decreto Distrital 190 de 2004
señala los parques que conforman el Sistema de Es-
pacio Público Construido, entre los cuales se encuen-
tra El Tunal, como un parque de escala metropolitana,
identificado con el código PM-8, delimitado en el plano
número 16 (Sistema de Espacio Público Construido)
que hace parte del citado Decreto.
Que la Dirección General del Instituto Distrital para la
Recreación y el Deporte (IDRD), solicitó ante la Secre-
taría Distrital de Planeación, mediante oficio de refe-
rencia 1-2007-07873 del 28 de febrero de 2007, la mo-
dificación del Decreto Distrital 1018 de 1998, con el fin
de incluir en el plan director del parque metropolitano
El Tunal, un escenario para deporte extremo, con base
en las disposiciones del Decreto Distrital 482 de 2006
(Por el cual se adopta la Política Pública de Juventud
para Bogotá D.C. 2006-2016).
Que la Dirección General del instituto Distrital para la
Recreación y el Deporte (IDRD), mediante oficio de re-
ferencia 1-2007-36171 del 27 de agosto de 2007 dio
alcance a la solicitud anterior, con el propósito de am-
pliar la justificación de la modificación del Plan Direc-
tor del Parque Metropolitano “El Tunal”. El IDRD infor-
mó que en virtud de las políticas administrativas que
esta llevando a cabo con el “Plan de Acción Deporte
Extremo 2007” el cual se encuentra amparado dentro
del marco legal con las normas establecidas y conte-
nidas en el Decreto 482 de noviembre 27 de 2006 por
el cual se adopta la Política Publica de Juventud para
Bogotá D.C. 2006
Que la Secretaría Distrital de Planeación adelantó la
evaluación de la modificación solicitada por el IDRD

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