DECRETO 622 RD 3902 - 28 de Diciembre de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445783818

DECRETO 622 RD 3902

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3902 28 DICIEMBRE 2007
EmisorAlcaldia Mayor
227
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3902 • pP. 1-227 • 2007 • DICIEMBRE 28
Que el Alcalde Mayor de Bogotá del Distrito Capital
ordenó la supresión, disolución y liquidación del Fondo
de Educación y Seguridad - FONDATT, mediante De-
creto 563 del 29 de diciembre de 2006, con arreglo a lo
previsto por el 31 de Agosto del Acuerdo Distrital 257
de 2006.
Que posteriormente, se expidió el Decreto 258 del 25
de Junio de 2007, mediante el cual se adoptaron medi-
das administrativas orientadas a darle una mejor es-
tructura al proceso liquidatorio del FONDATT.
Que respecto al marco normativo dentro del cual se
debía llevar a cabo el proceso liquidatorio del
FONDATT, se dispuso en el artículo 1 del aludido De-
creto 563 de 2006, que "Para los efectos de la liquida-
ción del Fondo de Educación y Seguridad Vial -
FONDATT-, en los aspectos no contemplados por el
presente decreto, se aplicará lo señalado en la Ley
1105 de 2006 y el Decreto Ley 254 de 2000 y en cuan-
to sean compatibles con la naturaleza de la entidad, lo
pertinente en las disposiciones sobre liquidación del
mas que lo desarrollan".
Que el Alcalde Mayor, al expedir los Decreto 563 de
2006 y 258 de 2007, señaló de manera especial
parámetros legales, administrativos y operativos den-
tro de los cuales debía adelantarse el proceso
liquidatorio del FONDATT.
Que mediante Resolución Distrital No. 1 del 2 de enero
de 2007 el Alcalde Mayor delegó las funciones de
liquidador a la Subsecretaría de Hacienda de la Secre-
taría de Hacienda Distrital.
Que por sus especiales características, el proceso
liquidatorio del FONDATT resulta ser de una importan-
te complejidad debido a que, de manera adicional, a la
ejecutoria de tareas orientadas a cumplir los compro-
misos inherentes a su propia liquidación, está obliga-
do a adelantar en forma prioritaria las tareas misionales
que estuvieron a cargo de la extinta Secretaría de Trán-
sito de Bogotá.
Que las puntuales circunstancias dentro de las cuales
se viene adelantando la fase liquidatoria del FONDATT,
ameritan la estructuración de esquemas legales apro-
piados que respondan a las necesidades reales de la
liquidación y que hagan viable los principios de eficien-
cia, eficacia y transparencia.
Que si bien existe un marco normativo expedido por le
legislador respecto a los plazos para que el liquidador
realice el inventario, dicha norma no implica una
preclusividad pues en efecto no se señala alternativas
por la Ley cuando esta situación no se efectúa.
Que dado lo anterior se hace necesario la expedición
de un Decreto para que se ordene realizar y concluir el
inventario, para así continuar con el proceso liquidatorio.
En merito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. El Gerente liquidador del Fon-
do de Educación y Seguridad Vial FONDATT, deberá
realizar y concluir el inventario físico, jurídico y conta-
ble detallado de los activos, pasivos, cuentas de or-
den y contingencias de la entidad, a más tardar el 15
de Junio de 2008.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D. C. a los veintiocho (28) días
del mes de diciembre de dos mil siete (2007).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá D. C.
LUZ PATRICIA GONZÁLEZ ÁVILA
Secretaria Distrital de Movilidad
Decreto Número 622
(Diciembre 28 de 2007)
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto
550 del 29 de Diciembre de 2006
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y
legales y, en especial de las conferidas en el
numeral 7 del artículo 315 de la Constitución
Política y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto
Ley 1421 de 1993,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 71 del Acuerdo 257 del 30 de noviem-
bre de 2006, transformó el Departamento Administrati-
vo de Planeación Distrital en la Secretaría Distrital de
Planeación como un organismo del sector central con
autonomía administrativa y financiera.
Que mediante Decretos 550 del 29 de diciembre del
2006 y 256 del 25 de junio del 2007, se adoptó la es-
tructura interna de la Secretaría Distrital de Planeaciòn
y se dictaron otras disposiciones e igualmente en la
última de ellas se modificó parcialmente la estructura
interna de la Entidad.

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