DECRETO 327 RD 4073 - 6 de Octubre de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445789786

DECRETO 327 RD 4073

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4073 6 OCTUBRE 2008
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4073 • pP. 1-2 • 2008 • OCTUBRE • 6
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lebración del Bicentenario de la Independencia de la
República de Colombia, la cual estará integrada por
los siguientes connotados ciudadanos expertos:
1. William Ospina.
2. Alberto Quiroga.
3. Álvaro Tirado Mejía.
4. Álvaro Restrepo.
5. Antonio Arnedo.
6. Augusto Trujillo.
7. Benjamín Ardila Duarte.
8. Carlos José Reyes.
9. Carlos Ossa Escobar.
10. Eduardo Aldana.
11. Enrique Santos Molano.
12. Felipe Aljure.
13. Gilma Suarez.
14. Gustavo Zalamea.
15. Lisandro Duque.
16. Omar Porras.
17. Patricia Ariza.
18. Piedad Bonnet.
19. Sylvia Amaya.
20. José Fernando Hoyos.
PARÁGRAFO: La presente comisión podrá ser am-
pliada posteriormente.
ARTÍCULO 2º Presidencia de la Comisión. El escritor
William Ospina presidirá la Comisión Distrital para la
Celebración del Bicentenario de la Independencia de
la República de Colombia.
ARTÍCULO 3º.- Función de la Comisión. La Comisión
tendrá por función asesorar al Distrito Capital en el
diseño y realización de las actividades encaminadas
a celebrar la conmemoración del Bicentenario de la
Independencia de la República de Colombia.
ARTÍCULO 4.- Secretaría Técnica. La Secretaría
Técnica de la Comisión estará a cargo de la Secreta-
ría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien
deberá llevar un registro de las reuniones y decisiones
de la misma.
ARTÍCULO 5.- Vigencia y Derogatorias. El presente
Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y de-
roga las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los dos (2) días del mes
de octubre de dos mil ocho (2008).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
CATALINA RAMÍREZ VALLEJO
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
(Octubre 2 de 2008)
“Por el cual se adopta la Política Distrital de Tu-
rismo para Bogotá, D.C. y su zona de in uencia
Región Capital”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas por los numerales 1º, 3º y 4º del
artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en con-
cordancia con el artículo 8º del Acuerdo Distrital
305 de 2007, y,
CONSIDERANDO:
Que los numerales 1º y 4º del artículo 38 del decreto
Ley 1421 de 1993 señala entre las atribuciones del
Alcalde Mayor, las de cumplir y hacer cumplir la Cons-
titución, la Ley, los decretos del Gobierno Nacional y
los acuerdos del Concejo, así como dirigir la acción
administrativa del municipio y ejercer la potestad
reglamentaria para asegurar la debida ejecución de
los acuerdos.
Que el artículo 17 de la Ley 300 de 1996 señala que,
corresponde a los Departamentos, a las Regiones, al
Distrito Capital de Bogotá, a los Distritos y Municipios y
a las comunidades indígenas, la elaboración de Planes
Sectoriales de Desarrollo Turístico en su respectiva
jurisdicción, con fundamento en dicha Ley.
Que el artículo 75 del Acuerdo Distrital 257 de 2006,
“Por el cual se dictan normas básicas sobre la estruc-
tura, organización y funcionamiento de los organismos
y de las entidades de Bogotá”, creó la Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico como un organis-
mo del Sector Central con autonomía administrativa
y nanciera que tiene por objeto orientar y liderar la

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