DECRETO 249 RD 3370 - 29 de Julio de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447991082

DECRETO 249 RD 3370

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3370 29 JULIO 2005
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3370 • pP. 1-1 • 2005 • JULIO 29 1
DECRETO DE 2005
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 39
Número 3370
2005 JULIO 29
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Julio 29 de 2005)
"Por el cual se efectúa una modificación en el
Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de
Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la
vigencia fiscal de 2005 con cargo al Fondo de
Compensación Distrital"
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA
DISTRITO CAPITAL
en uso de sus atribuciones legales y en especial
las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el
Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario
396 de 1996 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el
cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo
20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuar-
se modificaciones al Presupuesto mediante traslados
presupuestales, créditos adicionales y cancelación de
apropiaciones.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35
del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Com-
pensación Distrital, se podrán atender los faltantes de
apropiación en gastos de funcionamiento de las enti-
dades en la respectiva vigencia fiscal.
Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artí-
culo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del
Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indis-
pensable utilizar los recursos del Fondo de Compen-
sación Distrital para atender faltantes de apropiación
en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacien-
da - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará,
evaluará los requerimientos y preparará el acto admi-
nistrativo correspondiente.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º. del De-
creto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones
presupuestales que afecten los recursos del Fondo de
Compensación Distrital se harán mediante Decreto del
Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de dis-
ponibilidad presupuestal por parte de la Dirección
Distrital de Presupuesto.
Que la Secretaría de Educación, requiere acreditar re-
cursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Per-
sonales en los rubros "Honorarios Entidad" y "Remu-
neración Servicios Técnicos"; para la contratación de
abogados y profesionales que apoyen los procesos
disciplinarios que adelantan la Unidad de Escalafón y
la Unidad Especial de Inspección Educativa y el Plan
de Mejoramiento suscrito con la Contraloría de Bogotá
en el 2003.
Que el Departamento Administrativo de Planeación
Distrital, requiere acreditar recursos en Gastos de Fun-
cionamiento - Servicios Personales en el rubro "Perso-
nal Supernumerario"; para la contratación de personal
que preste apoyo técnico y administrativo en el desa-
rrollo de las funciones que tiene la entidad inmersa en
el Plan de Desarrollo tanto en acciones físicas, econó-
micas y sociales del mismo.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil,
requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamien-
to - Servicios Personales en el rubro "Personal Super-
numerario"; para el desarrollo de sus funciones
institucionales y logro de las metas conforme a lo es-
tablecido en la Ley 909 de 2004 y los Decretos 760 y
785 de marzo 17 de 2005, 1227 y 1228 de abril 19 de
2005 y la Circular 002 de abril 28 de 2005 del Departa-
mento Administrativo de la Función Pública; para cuyo
efecto se hace necesaria la contratación de 15 cargos,
por un periodo de 8 meses.
Que en mérito de lo expuesto,

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